Boletines/Campana

Decreto Nº297/23

Decreto Nº 297/23

Campana, 21/04/2023

Expediente Municipal 4016-1423-0-2023 Concierto de Jazz y Rock Nacional.

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v.) y el Expediente Municipal Nº 4016-1423 – 0 - 2023; y

Considerando

Que a fs. 2 la Subsecretaria de Cultura y Educación manifiesta la necesidad de una contratación para realizar un Show musical el día 22 de abril de 2023 dentro del ciclo de actividades “Campana Cultura Viva”, que mediante nota NO-2023- 00026717-MUNICAM-SIEYC se solicitó declarar de interés del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que a fs. 3/20 se glosa presupuesto entregado por el propiciante y documentación referida al mismo.

Que a fs. 21 obra el Proyecto de Contrato de Locación de Servicios por la producción general del proyecto musical “Soda Sinfónico”.

Que a fs. 23 la Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que a fs. 27 la Dirección de Compras, toma conocimiento, lo deriva para sus efectos.

Que a fs. 28/29 la Dirección de Presupuesto Municipal informa la estructura programática a la cual deberá afectarse la erogación en cuestión y que la misma cuenta con crédito presupuestario suficiente.

Que a fs. 30 la Contaduría Municipal manifiesta que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que a fs. 31 la Secretaría de Economía y Hacienda informa que no posee objeciones económicas ni financieras al respecto.

Que a fs. 32 la Jefatura de Gabinete, toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público, intervino y obra dictamen.

Que el Departamento Ejecutivo considera oportuno declarar el evento de interés municipal.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto- Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal del Departamento Ejecutivo, el evento proyecto musical “Soda Sinfónico” a realizarse durante el ciclo “Campana Cultura Viva”.-

ARTÍCULO 2º.- Apruébese la contratación de ASOCIACIÓN ARTÍSTICA PUNTO ARTE, CUIT N° 30-71074088-3, por la suma total de PESOS OCHENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($80.000,00.-), quien brindará la producción general del evento proyecto musical “Soda Sinfónico”, el que estará a cargo del coro y orquesta de la Universidad de Belgrano, el día 22 de abril de 2023, dentro del ciclo “Campana Cultura Viva”.-

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura a efectuar los gastos necesarios en el evento proyecto musical “Soda Sinfónico” dentro del ciclo “Campana Cultura Viva”, cuyas erogaciones se afectarán a las correspondientes Partidas Presupuestarias del Ejercicio 2023.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente se tomarán de la Jurisdicción 1110129000 “Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática 22.01.00 “Gestión Promoción de la Cultura”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales - Otros”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-

ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura, y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese.-