Boletines/Coronel Suárez

Ordenanza Nº7863/2022

Ordenanza Nº 7863/2022

Coronel Suárez, 27/10/2022

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Objetivos

- - - - - - Créase el Ente Mixto de Turismo del Distrito de Coronel Suárez, el cual tendrá los siguientes objetivos estratégicos de conformación:  

  1. Oficiar como único espacio de encuentro institucional entre los sectores público y privado, vinculados al turismo, a través de un trabajo conjunto que coordine, potencie y multiplique los esfuerzos de los actores de la actividad turística.
  2. Implementar el Plan Horizonte Suárez para impulsar la actividad turística bajo un esquema organizado con el eje puesto en la sustentabilidad y para fortalecer la producción de bienes y/o servicios locales a los fines de expandir los beneficios económicos y sociales del turismo en toda la comunidad, promoviendo la generación de empleo y el arraigo.
  3. Participar en la planificación turística distrital, de acuerdo a un criterio responsable y asegurando la sustentabilidad económica, sociocultural y ambiental del destino.

 

ARTÍCULO 2º: Funciones

- - - - - Serán funciones del Ente Mixto de Turismo del Distrito de Coronel Suárez las siguientes actividades:

  1. Promover, implementar y controlar las acciones tendientes al cumplimiento de los objetivos, manteniendo una comunicación fluida y consensuada entre los sectores intervinientes.
  2. Colaborar en el análisis de propuestas de desarrollo, planeamiento, nuevos productos y actividades turísticas.
  3. Proponer actualizaciones e innovaciones en materia de legislación turístico/ambiental. Auspiciar como órgano de consulta.
  4. Propiciar la Investigación de mercados actuales y potenciales así como también la vinculada a los aspectos socioeconómicos, naturales y culturales.
  5. Colaborar en la recolección de datos, realizar estadísticas y proporcionar la información de base necesaria para la toma de decisiones.
  6. Capacitar a los diferentes actores relacionados para lograr calidad en los servicios y productos a través de un proceso de mejora continua.
  7. Proponer y realizar campañas de sensibilización y educación, formales y no formales, destinadas a la población en general con el objetivo de lograr conciencia turística.
  8. Promover y apoyar la diversificación en el uso del destino, generando congresos, convenciones, reuniones, ferias, eventos sociales, culturales y deportivos que permitan la inserción de Villa La Arcadia y el distrito de Coronel Suárez en un todo, como destino turístico “los 365 días del año”; priorizando las fiestas existentes en cada una de las localidades del Distrito.
  9. Diseñar estrategias para que la cobertura en lo que hace a la distribución de los visitantes, alcance a zonas cada vez más amplias de la Villa Turística y el Distrito todo en un efectivo proceso de descentralización territorial, garantizando los criterios de sostenibilidad económica, social, cultural y ambiental.
  10. Proponer la suscripción de convenios con organismos nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, entidades públicas y privadas, empresas y particulares.

Lo producido por el Ente Mixto de Turismo del Distrito de Coronel Suárez será de carácter consultivo y no vinculante.

El Ente excluirá de todos sus actos y acciones, las cuestiones de política partidaria sindical.

 

ARTÍCULO 3º: Conformación

- - - - - - El Ente Mixto de Turismo de Coronel Suárez contará con un Comité Ejecutivo, compuesto por miembros en representación del Departamento Ejecutivo, del Honorable Concejo Deliberante y representantes del sector privado de cada institución afín por localidad. El Comité deberá ser renovado cada 2 años. A excepción del Presidente, los cargos del Comité Ejecutivo se elegirán por votación entre los miembros integrantes. Las funciones de todos los miembros del Ente Mixto de Turismo del distrito de Coronel Suárez serán Ad Honorem.

Los representantes del Sector Público serán:

  1. Director/a de Turismo –o rango máximo en esta materia en el ámbito de la Municipalidad de Coronel Suárez-, quien ejercerá el rol de Presidente del Ente Mixto de Turismo. Su voto será de cómputo doble en caso de paridad.
  2. Funcionario/a a cargo de la Secretaría de Producción o quien se designe en su reemplazo.
  3. Funcionario/a a cargo de la Dirección Medio Ambiente.
  4. Funcionario/a a cargo de la Dirección de Cultura.
  5. Funcionario a cargo de la Dirección de Deportes
  6. Un concejal por cada uno de los bloques políticos que compongan el Honorable Concejo Deliberante.

El sector privado estará representado por la o el Presidente de cada institución que integra el Ente Mixto o la persona que designe la Comisión Directiva de la misma.

Serán integrantes las instituciones que a continuación se detallan:

  • UN REPRESENTANTE DEL GRUPO CORTADERAS, RED DE TURISMO RURAL DEL INTA “CAMBIO RURAL” MAGYP
  • UN REPRESENTANTE DE LA CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE CORONEL SUÁREZ
  • UN REPRESENTANTE DE CAMCOTISAS, CÁMARA DE COMERCIO SIERRA DE LA VENTANA Y VILLA LA ARCADIA
  • UN REPRESENTANTE DE LA FUNDACIÓN RAÍCES
  • UN REPRESENTANTE DE LA ASOCIACIÓN DE TURISMO COMUNITARIO SANTA MARÍA
  • REPRESENTANTES DE EMPLEADOS DEL SECTOR TURISTICO
  • SOCIEDAD DE FOMENTO VILLA LA ARCADIA
  • SOCIEDAD DE FOMENTO CERRO SAN CEFERINO
  • ISIDORO ESPACIO DE ARTE
  • REPRESENTANTE DE LOS HOTELEROS PRIVADOS
  • REPRESENTANTE DE ALOJAMIENTOS Y CABAÑAS VILLA LA ARCADIA
  • UN REPRESENTANTE DE CADA UNO DE LOS TRES PUEBLOS ALEMANES
  • UN REPRESENTANTE DELAS COLECTIVIDADES
  • UN REPRESENTANTE DE LOS GASTRONOMICOS
  • LA TRANCA – CURA MALAL
  • PA’ USTED – HUANGUELÉN
  • LA TAPERA - HUANGUELÉN
  •  

El Comité Ejecutivo podrá proponer modificaciones en la integración del mismo, ya sea incorporando otras instituciones, reemplazando o separando alguno de sus integrantes. Asimismo, dispondrá de la distribución de cargos tales como Vicepresidente/a, Secretaria/o, Vocales y demás que considere disponer.

 

ARTÍCULO 4º: Condiciones para integrar el Ente Mixto de - - - - - - - - - -Turismo de Coronel Suárez:

Las instituciones que formen parte deberán tener personería jurídica, de no contar con ella podrán formar parte siempre y cuando la misma se encuentre en trámite y/o ser reconocidas como Entidad de Bien Público.

Los representantes del Sector Público deberán cumplimentar con presentación de la declaración jurada anual.

 

ARTÍCULO 5º: Coordinación

- - - - - - La Dirección de Turismo Municipal será el brazo ejecutor de las acciones acordadas. Inicialmente, el Ente funcionará sin costos operativos, no obstante, en su desarrollo esta cláusula podrá ser sometida a revisión.

 

ARTÍCULO 6º: Reglamentación

- - - - - - Se establece un plazo de 180 días para el armado del reglamento, de forma conjunta entre el sector público y privado.

Una vez aprobado dicho reglamento se elevará al Intendente Municipal que por Decreto le dará formal inicio al Ente Mixto de Turismo del Distrito de Coronel Suárez.

 

ARTÍCULO 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal, promulgada - - - - - - -la presente Ordenanza, deberá convocar en un plazo no mayor de 30 días hábiles administrativos a la reunión constitutiva del Ente Mixto de Turismo. El Ente se reunirá al menos una vez por mes en lugar convenido previamente o de manera virtual y lo dicho en cada reunión será expresado en un acta que oficiará de registro de funcionamiento y de toma de decisiones.

 

ARTÍCULO 8º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, - - - - - - - -cúmplase y oportunamente, archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ  A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-