Boletines/Coronel Suárez

Ordenanza Nº7859/2022

Ordenanza Nº 7859/2022

Coronel Suárez, 27/10/2022

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Impleméntese en la localidad de Huanguelén, el - - - - - - programa “Participación Ciudadana de Huanguelén”.

 

ARTICULO 2°.- Definición. Participación Ciudadana es un - - - - - - - - - - mecanismo que permite a la ciudadanía participar en la toma de decisiones públicas informando a los decisores sobre sus necesidades prioritarias y acordando un orden de importancia para su satisfacción.

 

ARTICULO 3°.- Objetivos. Son objetivos del Programa - - - - - - - - - - - - Participación Ciudadana de Huanguelén:

a) Promover la democracia participativa a fin de descentralizar y transparentar la administración municipal.

b) Propiciar la más amplia participación vecinal en el diagnóstico y priorización de necesidades para el diseño, ejecución y seguimiento de los proyectos de obras.

c) Crear, garantizar y consolidar espacios públicos de integración, participación y gestión asociada entre los vecinos y la Municipalidad de Coronel Suárez.

d) Difundir el Presupuesto municipal a fin de que la población tenga conocimiento del mismo y garantice la transparencia de los actos de gobierno.

e) Garantizar la igualdad de oportunidades para que los vecinos y las organizaciones de la sociedad tengan las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza.

 

ARTICULO 4°.- Implementación. La instrumentación anual del - - - - - - - -programa “Participación Ciudadana de Huanguelén” se dará mediante una Asamblea de Ciudadanos en día y lugar a definir oportunamente. Dicha Asamblea sesionará durante el último trimestre de cada año, en fecha a consignarse.

  1. Podrán participar de dicha Asamblea particulares, instituciones u organizaciones No Gubernamentales quien/es durante el desarrollo de la misma presentarán su idea – objetivo – proyecto – desarrollo, estipulándose previo al inicio de la misma el tiempo de exposición de cada uno de los expositores.
  2. Se deberá contar con un mínimo de 50 participantes, los que designarán por mayoría simple a un Coordinador de la Asamblea, el cual tendrá como misión la de recepción de los proyectos a los fines organizativos.
  3. Los participantes de la Asamblea evaluarán los proyectos presentados y establecerán mediante votación un orden de prioridades que corresponderá a cada Ejercicio Administrativo Municipal.

 

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, - - - - - - - cúmplase y oportunamente, archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ  A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-