Boletines/Coronel Suárez

Ordenanza Nº7847/2022

Ordenanza Nº 7847/2022

Coronel Suárez, 13/10/2022

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Autorízase al Departamento ejecutivo a disponer - - - - - - la venta de los Residuos Reciclables Clasificados en las Estación de Recuperación y Planta de Clasificación de Residuos Sólidos Urbanos y Rurales de Coronel Suárez y la Planta de Tratamiento de Residuos Urbanos Eco Huanguelén.

 

ARTÍCULO 2°: La fracción inorgánica que resulta recuperable - - - - - - será clasificada, acopiada y comercializada conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Reglamento de Administración y Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3°.- Establécese la afectación de los fondos que se - - - - - -obtengan de la comercialización y venta del material  clasificado en ambas Plantas, y Estaciones de recuperación, tratamientos y clasificación de los residuos sólidos urbanos de Coronel Suárez y Huanguelén. Para tal fin se crea una cuenta contable específica en el Presupuesto vigente donde se destinarán los fondos generados por la comercialización de los materiales recuperados.-

 

ARTÍCULO 4°: La fracción orgánica que resulte recuperable, - - - - - - - previamente compostada, será utilizada en espacios públicos, para forestación o como cobertura del Relleno Sanitario y proyectos relacionados al compostaje de residuos orgánicos y/o huertas orgánicas desarrolladas por centros educativos y entidades sociales de cada localidad.-

 

ARTÍCULO 5°: Los residuos inorgánicos no recuperables y los - - - - - - patogénicos domiciliarios serán compactados y depositados en el módulo de disposición final, con vertedero controlado.

 

ARTÍCULO 6°: El Municipio de Coronel Suárez, a través de esta - - - - - - Ordenanza, está autorizado a suscribir convenios de colaboración con Cooperativas y Entidades para la clasificación y comercialización de los residuos generados en las Plantas del Distrito, como así mismo la recolección de puntos limpios, recolección diferenciada y cualquier otras forma de recolección.-

 

ARTÍCULO 7°: Los montos recaudados por la comercialización y - - - - - -venta, correspondientes a cada Planta, y respetando la generación de fondos de cada una de ellas,  será distribuido de la siguiente manera:

 a) De la planta de clasificación de Residuos Sólidos Urbanos de Coronel Suárez, se distribuirá:

 

  • 60% al personal y operarios afectados a las tareas que en ella se realizan por día realmente trabajado, figurando horas normales, a abonarse en el plazo máximo de sesenta (60) días de realizada la venta.
  • 35% destinado a mejoras, arreglos y mantenimiento de la maquinaria y artefactos necesarios para el buen funcionamiento del Plan GIRSU; que estarán a disposición en el plazo máximo de sesenta (60) días de realizada la venta.-
  • 5% afectado proporcionalmente a Programa de Atención Primara de Salud a través de las Unidades Sanitarias ”CAPS”.

  b) De la Eco Huanguelén, el porcentaje de las ventas se distribuirá, de la siguiente forma:

 

  • 50% al personal y operarios afectados a las tareas que en ella se realizan, a abonarse en el plazo máximo de sesenta (60) días de realizada la venta.
  • 30% destinado a mejoras, arreglos y mantenimiento de la maquinaria y artefactos necesarios para el buen funcionamiento del plan GIRSU.
  • 10% destinado a Programas Educativos, de Comunicación y de Concientización ambiental.
  • 10% afectado proporcionalmente a Programa de Atención Primaria de la Salud, a través del Hogar de Ancianos “Horacio Carlos Cook” de Huanguelén.

 

ARTÍCULO 8°: En el caso de celebrarse convenios de - - - - - - - - - - - colaboración con Cooperativas y/o Entidades según lo señalado en el ARt.6° de la presente, el mismo deberá respetar la distribución de los porcentajes de la venta señalados anteriormente, excepto en el caso del porcentaje destinado a mejoras, arreglos y mantenimiento de la maquinaria, del cual se deducirá un 10% que se destinará al comodatario para que realice la administración del convenio celebrado.-

 

ARTICULO 9°: Los fondos cuyo pago se distribuye de acuerdo a - - - - - - lo establecido en el Art.7°, lo será en concepto de bonificaciones al personal municipal afectado a las Plantas de Clasificación de Residuos Sólidos Urbanos de Coronel Suárez y Huanguelén.

Queda establecido el monto máximo a percibir por cada operario municipal afectado a los trabajos de dicha planta, un tope que no podrá exceder el equivalente a los dos cuartos de 1 (un) Salario Mínimo Vital y Móvil establecido por el gobierno de la Nación.-

  1. Para aplicar este tope se considerará un lapso de 30 días entre cada venta. Para lapsos distintos se considerará el tope proporcional a los días de dicho lapso.-
  2. En el caso de que un operario supere dicho tope, el excedente se distribuirá proporcionalmente al resto de los operarios; si aún el excedente superara el tope, se afectará a difusión, concientización y educación ambiental.
  3. No cobrará las ventas aquellos operarios que en el lapso de venta no perciban presentismo o hayan sido informados por incumplimiento de sus obligaciones, sea sancionado, o no asista a capacitaciones establecidas por  el jefe de la Estación de Recuperación,  las Plantas de Clasificación de Residuos Sólidos Urbanos de Coronel Suarez y Eco Huanguelén respectivamente.

 

ARTÍCULO 10°: La Municipalidad mediante un Decreto - - - - - - - - - - - -establecerá la figura de un Encargado Municipal de la Planta. El alcance de sus funciones abarca control y apoyo de comercialización, correcto funcionamiento de la planta, coordinación entre turnos, RRHH, organización de mantenimientos, trabajo en equipo con recolección, fiscalización de toneladas procesadas, revisión de ingresos y egresos de dinero, plazos de venta, informes al Poder Ejecutivo y H. Concejo Deliberante. También será el responsable de fiscalizar la presente ordenanza.-

 

ARTICULO 11°: La Sub Dirección de Ambiente y Desarrollo - - - - - - - - -  Sustentable deberá realizar un informe trimestral que detalle la aplicación de dichos fondos. El informe podrá ser solicitado por cualquier ciudadano u Organización de la Sociedad Civil.

 

ARTÍCULO 12°: Deróguense las Ordenanzas 6677/17; 6724/17; - - - - - - - - -7230/19; 7488/21; 7499/21; y 7500/21 cuyos textos se encuentra incluidos en la presente.

 

ARTÍCULO 13°: Regístrese, comuníquese al Departamento - - - - - - - - - - - Ejecutivo, cúmplase y oportunamente archívese.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ  A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-