Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2665/2022
Coronel Suárez, 08/11/2022
Visto
la documentación obrante en el presente expediente, por el cual se efectúa consulta respecto de la des adjudicación de un lote sito en Pueblo Sta. Trinidad partido de Coronel Suárez, ubicado según nomenclatura catastral en CIRC XV SECC B Mz 154 ze parcela 18 de Pueblo Santa Trinidad al Sr. CALVO VICTOR ARMANDO y la Sra. TORRES MARINA. Otorgado por Decreto 1302 del 15 de Junio del 2021 convalidado por ordenanza Nº 7531 de fecha 22-07-2021 y-
Considerando
Que mediante Acta de constatación de terreno, signada por personal del Equipo Técnico del Instituto Municipal de Vivienda de octubre de 2022, se deja constancia que durante los relevamientos llevados a cabo se comprueba que los adjudicatarios tienen en el lote una construcción precaria, la instalación de un taller mecánico y una casilla, adjunta material fotográfico.-
Que a su vez, el Director del Instituto de la Vivienda, manifiesta las evidencias claras del incumplimiento de la ordenanza 5466/12.-
Que conforme consulta efectuada a la Sub Secretaria Legal y Técnica, y habiendo analizado la situación, ésta informa que correspondería hacer lugar a la desadjudicación de referencia, habiéndose demostrado en autos, el incumplimiento a lo establecido en la CLAUSULA TERCERA del boleto de Compra y Venta suscripto oportunamente entre las partes y conforme la CLAUSULA DECIMA del mencionado Instrumento, todo ello en el marco de la Ordenanza 5466/12 cuyo art. 13 reza que “aquellos adquirentes que no den cumplimiento a uno o más requerimientos establecidos en la presente ordenanza, serán pasibles de la revocatoria de la adjudicación sin ningún tipo de devolución”.-
Que teniendo en cuenta que se encuentra el Boleto de Compra y venta firmado y en consecuencia la relación contractual que genera obligaciones entre el Municipio y el adjudicatario, es que se solicita la des adjudicación del mismo, para que finalmente ambas partes queden liberadas,
Por ello el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ART. 1º: Desadjudíquese el lote de terreno ubicado según Nomenclatura Catastral - - - - - CIRC. XV - SECC B - Mz154 ze – PC 18- de Pueblo SANTA TRINIDAD al Sr. CALVO VICTOR ARMANDO - DNI Nº 33.148.522 y la Sra TORRES MARINA - DNI 34.005.784, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: El presente Decreto se dicta Ad-Referéndum del HCD.-
ART. 3º: Regístrese, cúmplase, comuníquese y oportunamente archívese.-