Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2513/2022

Decreto Nº 2513/2022

Coronel Suárez, 21/10/2022

Visto

la documentación obrante en el presente expediente, por el cual se efectúa consulta respecto de la des adjudicación de un lote sito en Pueblo Sta. Trinidad partido de Coronel Suarez, ubicado según nomenclatura catastral en CIRC XV SECC B Mz 154 zc parcela 21, a la Sra. POMPHILLE DAIANA LUJAN - DNI 35.795.750 con Boleto de compra-venta entregado el día 24 de mayo de 2022, decreto N2 980 de fecha 26 de abril de 2022, convalidado por ordenanza 7742 y

Considerando

Que la Sra. Pomphille ha dejado asentada la renuncia al terreno señalado, ya que se le ofreció desde la Oficina de Vivienda un terreno en la misma manzana con similares características pero con la implantación de una vivienda de carácter social en el marco del programa "78 viviendas".

                            Que teniendo en cuenta lo expuesto y ante la necesidad imperiosa de resolver la situación habitacional de la beneficiaria es que se le des adjudica el lote Circ XV- Secc B —Mz 154 zc - parcela 21 y se adjudica el lote Circ XV - Secc B - Mz 154 zc - parcela 22 dejando sin efecto la parte pertinente de la Ordenanza 7742/2022 y del artículo 2° al 6° del Decreto Nº 980/2022, asimismo rescindir la tenencia y el Boleto de compra venta suscripto el día 24 de mayo del 2022.

Por ello el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

                                                   D E C R E T A

ART. 1º: Desadjudíquese el lote de terreno ubicado según Nomenclatura            - - - - - - CIRC. XV - SECC B - Mz154 zc – PC21- de Pueblo SANTA TRINIDAD a la Sra. POMPHILLE DAIANA LUJAN - DNI 35.795.750 de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-

ART. 2º: Adjudíquese el lote de terreno ubicado según Nomenclatura                        - - - - - - CIRC. XV - SECC B - Mz154 zc – PC22- de Pueblo SANTA TRINIDAD a la Sra. POMPHILLE DAIANA LUJAN - DNI 35.795.750.-

ART. 3º: El valor del terreno será de $ 908.223,84 (novecientos ocho mil             - - - - doscientos veintitrés con 84 centavos) establecido según tasación del Banco de la Pcia de Buenos Aires según Decreto Nº 1319 del 15 de junio del 2021 pagaderos en 360 cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un periodo de gracia de un año en el pago de las mismas, a partir del Boleto de compra venta.-

ART. 4º: Los fondos provenientes de dichas ventas ingresaran a la cuenta          - - - - --“Adquisición de tierras”.-

 

 

 

 

 

 

ART. 5º: Desígnese a Escribanía General de Gobierno para realizar las                          - - - - - escrituras traslativas de dominio, pudiendo LA COMPRADORA elegir un escribano particular siempre que abone el 100% de los gastos que el trámite demande.-

ART. 6º: Declárese de interés social la escrituración del inmueble a favor de  - - - - - la Sra. POMPHILE, dejándose constancia que la posesión real y efectiva del inmueble se otorgara en el momento de la escrituración.-

ART. 7º: El presente Decreto se dicta Ad-Referéndum del HCD.-

ART. 8º: Regístrese, cúmplase, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

DECRETO N° 2513