Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2295/2022

Decreto Nº 2295/2022

Coronel Suárez, 28/09/2022

Visto

la Ordenanza Municipal N° 7939/20 y Decreto Reglamentario N° 538/21 que establece la Carrera Profesional Hospitalaria, y

 

Considerando

Que existe una imperiosa necesidad de avanzar en la organización y desarrollo estructural del servicio de Emergencias del Htal Raúl Caccavo,

Que el Concurso desarrollado para la cobertura de dicho cargo, resulta desierto,

Que el sector de emergentología representa institucionalmente una de las áreas críticas por su relevancia médica asistencial de alta demanda,

Que el recurso humano de las áreas de emergencias y guardias atraviesa una crisis en recursos humanos técnicos disponibles en todo el sistema sanitario,

Que dicho servicio presenta una organización estructural que requiere de la figura de jefatura de servicio a fin de sostener la calidad prestacional y organizacional,

Que el equipo de gestión sanitaria reconoce como de alta prioridad la asignación de recursos y herramientas institucionales para la mejora de la calidad de la prestación del sector,

Que la sociedad reclama sostenidamente una mejora en la eficiencia del sector,

Por ello, el Intendente del Partido, en uso de sus atribuciones;

 

 

D E C R E T A

ART. 1 Desígnese a partir del día 1° de octubre del corriente año, al Dra. Ferrari,                      - - - -Adriana Elizabeth- DNI: 20.215.538, Leg. N° 1290, JEFE MEDICO DEL SERVICIO DE EMERGENTOLOGIA del HOSPITAL “DR. RAUL CACCAVO”, en carácter de interino hasta la constitución del concurso correspondiente, y sujeto a las siguientes condiciones:

Será deber del trabajador cumplir con los requerimientos administrativos y legales que surgieran directamente de la ejecución de su trabajo como médico de la Secretaria de Salud del Municipio de Coronel Suarez.

Lugar: La realización del trabajo específico será en instalaciones de esta institución sanitaria y sus dependencias.

Régimen laboral: El régimen horario semanal para el Profesional de Salud es el establecido en el Régimen Escalafonario Municipal, perteneciendo al REGIMEN ESPECIAL para Profesionales de la Salud establecido en la Carrera Profesional Hospitalaria, dispuesto en la ordenanza 7439/20; estableciéndose para este cargo en particular un régimen horario semanal de 36 hs, sin bloqueo de título. Su actividad tendrá una asignación 60% administrativo-docente y 40% de actividad asistencial.

 

MISIÓN DEL PUESTO: Conducir, coordinar y alinear los recursos humanos y la gestión técnico sanitario, de la calidad y balance costo efectivo del sector de Emergencias del Hospital Municipal Dr. Raúl A. Caccavo del Partido de Coronel Suarez, garantizando un servicio de calidad acorde a las necesidades de la comunidad.

UNIDAD FUNCIONAL: La Unidad de Emergencias es el conjunto de elementos destinados a la atención del paciente por parte del equipo de salud, con requerimiento de atención médica y de enfermería las 24 hs del día, en el área de Emergencias del Hospital y el Sistema de Asistencia externa de la Emergencia (SAME) dependiente del Hospital Raúl Caccavo.

El Servicio de Emergencias, incluirá a todas las actividades que sucedan en el sector de la Guardia y la asistencia de la emergencia dentro de la institución Hospitalaria. Quedarán incluidas la atención de las urgencias y emergencias médicas y quirúrgicas incluyendo pediatría y tocoginecología.

Incluye en esta unidad funcional la atención de las urgencias y emergencias que sucedan en el área de internación general del Hospital fuera del horario del normal funcionamiento de la Sala de Internación, en coordinación con el Jefe de Servicio de Internación General.

La unidad de Emergencia está representada por el equipo de salud que actúa en el área de la Guardia del hospital, y como unidad administrativa es encargada de la coordinación de las actividades médico/técnicas destinadas al diagnóstico y tratamiento, la enseñanza y la investigación, en el área destinada a asistir globalmente a los pacientes con patologías que requieran un tratamiento urgente o una emergencia propiamente dicha. 

El Jefe de Emergencias es la autoridad máxima de la Guardia, teniendo bajo su coordinación el funcionamiento médico y administrativo del área en todas sus dependencias. Reconocerá como autoridad jerárquica superior inmediata la del Director del Hospital, o a quien el organigrama del establecimiento disponga, quien podrá valerse de otros Jefes de Servicio, Administrador y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organi­zación y correlación del Establecimiento.

Ejercitará fundamentalmente la supervisión del funcionamiento de su Servicio en el aspecto técnico científico, administrativo y la direc­ción y distribución del trabajo de todo el personal a sus órdenes.

FUNCIONES:

Organizar el recurso humano de su Servicio, atendiendo a la capacidad y categoría del personal, asegurando el buen funcionamiento para la mejor atención de los pacientes.

Coordinar y supervisar las acciones médicas y asistenciales, estando bajo su responsabilidad la orientación del diagnóstico y el trata­miento de los enfermos destinados a su área.

Establecer estrategias de ordenamiento y triage de ingreso al sistema.

Controlar y organizar los diferentes cronogramas de guardias activas y pasivas afectados a su Servicio, garantizando el cumplimiento de las mismas para la atención de los pacientes.

Controlar y organizar el Servicio de Ambulancias, tanto los traslados como las emergencias garantizando el cumplimiento de las mismas para la asistencia oportuna de los pacientes.

Establecer pautas de trabajo con el resto de las especialidades y coordinar su trabajo en el sector de la Guardia externa.

Elaborar y conducir el Plan de Contingencia del Departamento en casos de alertas (verdes, amarillas y rojas) o de otras emergencias o desastres.

Proponer normas para las indicaciones de internación, alta, conducta terapéutica, pedido de exámenes complementarios, pedido y orientación de especialistas.

Proponer pautas de procedimientos médicos.

Ser responsable de todas las actividades administrativas y profesionales del servicio.

Establecer pautas de trabajo transversales y mantener el enlace con los demás servicios del Hospital, estableciendo agendas de trabajo pautadas y coordinadas.

Participar de los programas de calidad institucional y determinar los propios.

Programar actividades de educación continuada para el personal bajo sus órdenes.

Participar de los mecanismos de comunicación formal e informal entre los distintos niveles de la estructura de Salud, así como en el área.

Garantizar una correcta información al paciente.

Brindar informe anual al COTA y aprobar las evaluaciones anuales de gestión.

Cumplir con los objetivos generales de la Dirección del hospital y su plan estratégico de gestión.

Cumplir y hacer cumplir las normativas institucionales.

Participar en la elaboración de normas, reglamentos y procedimientos del hospital y observar su cumplimiento.

Convocar y presidir reuniones con su grupo de trabajo.

Promover un buen ambiente de trabajo.

Establecer normas de control y supervisión de los pedidos de análisis, radiografías y exámenes com­plementarios así como la medicación, elementos de curación, implementos de limpieza, utilizada en el área de emergencias.

Establecer pautas de fiscalización el stock y utilización de los insumos llevando un riguroso control de los mismos en el sector de emergencias.

Fiscalizar al personal, pudiendo elevar sus observaciones sobre mal cumplimiento de funciones a la Dirección del Hospital o Área de Recursos Humanos.

Colaborar con la Dirección en el contralor y evolución de las enfermedades que afecten al personal del Servicio.

Llevar un registro en la que conste el movimiento estadístico de su Servicio.

Todas sus gestiones, deberán dirigirse a la Dirección del Hospital, solicitando las mejoras necesarias. No podrá iniciar ninguna gestión externa, sino por intermedio de la Dirección del Hospital.

Ejercer la docencia e investigación y procurar transmitir sus conocimientos y experiencia a sus colaboradores para asegurar la formación del nivel científico.

Participar de los ateneos, reuniones institucionales, comisiones temporarias o permanentes, toda vez que sea convocado.

Administrar los recursos disponibles para asegurar la asistencia de los enfermos que son asignados al área, todos los días, durante las 24 hs.

Mejorar y ordenar los procesos administrativos a fin de disminuir las barreras de acceso al sistema.

Será responsable de fiscalizar las historias clínicas dentro del Servicio de Emergencias.

Brindar respuesta médica adecuada a las necesidades de la población frente a emergencias y/o urgencias médicas pre hospitalarias individuales o colectivas.

Velar cuidadosamente por la ética profesional del personal perteneciente a su Servicio.

Proponer y desarrollar estrategias de cuidado del personal a su cargo.

Coordinar con la Dirección del Htal, políticas activas de información y vinculación con la sociedad.

DIAS Y HORARIOS: Los días y horarios de trabajo, se dispondrán sobre la base de la organización de la respectiva institución, según los requerimientos y necesidades de la planificación y ejecución de la actividad, debiéndose disponer de una distribución equitativa de lunes a viernes.

Deberá cumplir con el régimen laboral establecido en la presente, concurriendo a la Institución de lunes a viernes con una jornada mínima de 4 horas por la mañana, y el resto de la carga horaria planificada según los requerimientos y necesidades de disponibilidad del servicio o la institución en horario vespertino, nocturno y días no hábiles. Debiendo registrar ingreso y egreso.

REMUNERACIÓN: el profesional recibirá la remuneración regulada en los artículos 33, 35 y 38 de la ordenanza 7439/20 y su correspondiente reglamentación, para la carga horaria estipulada y en Función F2.

ART. 2 Cúmplase, Comuníquese, regístrese y oportunamente archívese. -