Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2240/2022

Decreto Nº 2240/2022

Coronel Suárez, 22/09/2022

Visto

la sanción de la Ordenanza nº 5.309/11,    mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, y Ordenanza modificatoria nº 7.292/20, representada en este caso por el Municipio,  y -

Considerando

Que de conformidad a lo previsto en los art. 5º y 8º de la Ordenanza,  el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;

          Que el Sr. URANGA JUAN  HUMBERTO – DNI 38.051.976, solicita hacer uso del mismo para la adquisición de sistema de monitoreo neurofisiológico y Adcon gel;

          Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 7 y 8, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 651.000 (Pesos seiscientos cincuenta mil) al  requirente;

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

ART.1º: Otorgar la suma de $ 651.000 (Pesos seiscientos cincuenta y un mil)  por             - - - - -única vez al  Sr. URANGA JUAN  HUMBERTO – DNI 38.051.976,  para afrontar costo de sistema de monitoreo neurofisiológico y Adcon gel;  de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-

ART. 2º: Que de conformidad con el compromiso asumido por el Sr. URANGA JUAN   - - - - - HUMBERTO – DNI 38.051.976, el cual surge de la documentación obrante al expediente de referencia, el nombrando se obliga a devolver parcialmente el beneficio, $ 300.000 (pesos trescientos mil),  en 60 cuotas iguales y consecutivas de $ 5.000 (pesos cinco mil) siendo su garantía su madre URANGA GABRIELA JOSEFA – DNI 22.887.567, y el resto del monto, $ 351.000 (pesos trescientos cincuenta y un mil)  es sin devolución.-

ART.3° A través de la Subsecretaria Legal y Técnica, se confeccionará con el             - - - - beneficiario y el comprometido al pago, en forma previa a la entrega de dinero, el pertinente convenio de devolución del monto indicado en el artículo segundo.

ART. 4º: Por Contaduría se liquidará el gasto que origine el cumplimiento de lo                  - - - dispuesto en el artículo primero, previa imputación a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud” - Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria”  - Objeto del Gasto: $ 300.000 a 6.3.1.1 “Prést.Seg.Salud Solidaria” y $ 351.000 a 5.1.4.0. “Ayudas Sociales a Personas” - Fte. Fto. 131 “Origen Municipal”- Recurso: 12.9.03.00.-

ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-