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Decreto Nº2097/2023

Decreto Nº 2097/2023

Publicado en versión extractada

Quilmes, 07/06/2023

MODIFÍCASE el artículo primero del decreto Nº1876/2022 el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 1º: CRÉASE el régimen especial de bonificación por cantidad de convenios celebrados en el marco de una contienda judicial para las y los agentes que revistan en la Dirección General de Juicios de Apremios y que

intervengan en la generación del convenio, reconocimiento de deuda, honorarios y costas, al cual deberá ajustarse el trámite y otorgamiento de la misma.

La bonificación por cantidad de convenios celebrados es de carácter no remunerativo y no bonificable. El gasto se imputará y devengará en la Administración Central 111.OO. OO. 000, Departamento Ejecutivo 111. O1.55.000, en la Sub Jurisdicción Secretaría Legal y  Técnica  en  la  Fuente  de Financiamiento 110 Partida Presupuestaria 1.1.3.0 para el personal planta permanente y 1.2.2.0 para  el  personal  temporario  del  Presupuesto  de  Gastos en vigor."

MODIFÍCASE el artículo segundo del decreto Nº1876/2022 el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE el carácter mensual de la bonificación, ajustada al número de convenios celebrados por mes en los que intervenga la Dirección y deberá ser liquidada como alcance de las liquidaciones principales del mes que se toma de parámetro, la mencionada será la pauta general para la liquidación de la bonificación a los agentes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente de acuerdo al siguiente cuadro:

 

Cantidad de convenios celebrados por mes

Monto          de         la bonificación

Entre 90 y 120

$ 6.000

Entre 121 y 150

$ 10.000

Entre 151 y 180

$ 15.000

Más de 181

$ 20.000