Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13856/2023
Quilmes, 30/05/2023
VISTO: el Expediente Nº 4091-1004-P-2023;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.856/2023 en la Sesión Ordinaria del día 23 de Mayo del 2023, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 4091-1004-P-2023. Ref.: Reconocimiento de deuda y el Decreto-Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias vigentes; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 0056/2023, se dio la baja por fallecimiento al ex Agente Hernández Daniel Horacio Legajo Nº 27.785.
Que por Decreto Nº 1042/2023 se convalidó el pago del subsidio por fallecimiento y los haberes devengados hasta el día del fallecimiento del Agente mencionado precedentemente.
Que con el objeto de abonar el subsidio por fallecimiento y los haberes devengados que pudieran corresponderle, se tramita el Expediente referenciado en el Visto por Reconocimiento de Deuda.
Que en las presentes actuaciones, se encuentran cumplidos los requisitos del Artículo 54° de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros Reales para los Municipios.
Que la presente Ordenanza se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 24° y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes).
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA Nº 13856/2023
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: RECONÓCESE el legítimo abono y autorizase el pago de la......................... persona que se detalla a continuación, por deudas correspondientes al Ejercicio 2022, que no fueran contabilizadas en su oportunidad:
Expediente Nº 4091-1004-P-2023
PAZ ESTELA DEL CARMEN $ 1.516.742,87.-
ARTÍCULO 2°: El exceso que asciende a la suma de pesos un millón quinientos......................... dieciséis mil setecientos cuarenta y dos con ochenta y siete centavos ($ 1.516.742,87) producido por la aplicación del Artículo 1º en las siguientes Partidas de la Jurisdicción 111.01 .84.000 Cat. Prog. 01.00.00 F. F. 110 Partida 1.5.0.0 "Asistencia Social al Personal" se compensará de acuerdo a lo establecido en los Artículos 31º y 67° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, con la economía existente en la siguiente Partida 1.3.1.1 "Retribuciones extraordinarias" en la Jurisdicción mencionada con anterioridad Cat. Prog. 01.00.00 F. F. 110 en la suma de pesos un millón quinientos dieciséis mil setecientos cuarenta y dos con ochenta y siete centavos ($ 1.516.742,87).-
ARTÍCULO 3°: AUTORÍZASE a la Contaduría Municipal a imputar la deuda...........................reconocida en el Artículo 1°, en la Jurisdicción 1, Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 29, Secretaría de Hacienda, Categoría Programática 94, Deuda Flotante Partida 7.6.4.0 del Presupuesto de Gastos en vigencia, registrando el importe con crédito a Acreedores Varios y débito a Resultado de Ejercicios Anteriores.-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro..................... General y ARCHIVESE.
QUILMES, 23 de Mayo de 2023.
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13.856/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 23 de Mayo de 2023.-
ÁRTÍCU-LO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHIVESE.-