Boletines/Brandsen

Decreto Nº0528

Decreto Nº 0528

Brandsen, 27/04/2018

Visto

Visto la solicitud de eximición de pago de las Tasas por Servicios Municipales, efectuadas por la Sra. Erramouspe Susana Raquel, D.N.I 5.678.204, Partida Inmobiliaria Nº 5758;  y,

Considerando

Que a fs. 23 obra dictamen del Jefe de Ingresos Públicos: “De conformidad al trámite de estilo y a la documentación aportada al expediente, informo que la contribuyente ERRAMOUSPE SUSANA RAQUEL, quien acredita identidad con DNI 5.678.204, cumple con los requisitos establecidos en el art. 95 inciso B) de la Ordenanza Fiscal vigente N° 1928, y con los art. 1° y 2° inc. C) de la Ordenanza N° 1307 en razón de las siguientes consideraciones: 1) REQUISITOS ESTABLECIDOS POR LOS ART. 1° Y 2° ORDENANZA N° 1307. A) Con las constancias agregadas de fs. 13-17 y según lo declarado en la encuesta socio-económica obrante a fs. 11, acredita que el único ingreso de la peticionante es su beneficio previsional nacional. B) Que según declara la peticionante, y de la búsqueda realizada en la base de datos del municipio (sistema SIFIM y base de datos ARBA), el inmueble objeto de las tasas municipales cuya eximición solicita es la única propiedad o posesión de la solicitante, donde asienta su vivienda permanente y no la afecta con destino comercial. C) Que, según los instrumentos glosados a fs. 3-12, la solicitante resulta ser cónyuge del titular de dominio del inmueble que posee y es objeto de la petición, toda vez que ha consolidado el dominio del mismo. D) La partida cuya eximición se solicita no registra deuda por tasas municipales correspondientes a ejercicios fiscales anteriores al corriente según luce de constancias de fs. 19. E) Los ingresos de la peticionante, según surge de constancias de fs. 14-17, y declarados en encuesta socio económica, superan el equivalente al haber mínimo jubilatorio fijado por el Gobierno Nacional en un 45 % por lo que corresponde otorgar la eximición en el pago de tasas en un 50 % (CINCUENTA POR CIENTO). Habiéndose cumplido el informe circunstanciado solicitado, pase a esa Dirección, sirviendo de atenta nota de envío. DEPARTAMENTO DE INGRESOS PUBLICOS. Firmado: Augusto Rossi. Jefe de Ingresos Públicos Interino. Municipalidad de Brandsen”;

Que la Ordenanza Nº 1738 Art. 95º, Inc. b) y la Ordenanza Nº 1307, Art. 1º y 2º, autoriza al Departamento Ejecutivo a eximir en forma total o parcial de los tributos municipales a aquellos jubilados y/o pensionados que se encuadrar en la normativa aplicable a la materia;

Que en razón de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.- Eximase en un 50 % (cincuenta por ciento) del pago de las Tasas por Servicios Municipales, por el ejercicio 2018, a la Sra. Erramouspe Susana Raquel, D.N.I 5.678.204, Partida Inmobiliaria Nº 5758.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de  Gobierno  y de Hacienda y Administración.-

ARTÍCULO 3º.-  Comuníquese a quien  corresponda,  dése  al  Registro Oficial y  cumplido, archívese.-