Boletines/Brandsen

Decreto Nº0518

Decreto Nº 0518

Brandsen, 27/04/2018

Visto

Visto el expediente Nº 4015-22.439/18, mediante el cual el Sr. Lagos Juan D.N.I 12.664.298, solicita la  prescripción de la deuda en concepto de Seguridad e Higiene, correspondiente al Legajo Nº 2850; y,

Considerando

Que a fs. 2/3 obra informe de deuda expedido por Ingresos Públicos con fecha 19 de Abril de 2018;

Que a fs. 5 obra dictamen de Asesoría Letrada: “Vienen las presentes actuaciones a esta Dirección con motivo de emitir opinión con relación a la solicitud de prescripción planteada por el Sr. Juan Lagos concretamente sobre la deuda por tasas en concepto de Seguridad e Higiene del comercio Legajo 2850.Compartiendo la opinión del Sr. Jefe de Ingresos Públicos, no encuentro objeciones legales para hacer lugar a la prescripción de los periodos 03/1999 a 09/2012. La Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 278 establece que las deudas de los contribuyentes que incurrieron en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse. No habiéndose activado el cobro de las tasas dentro de ese plazo, correspondería, de compartir este criterio el D.E, hacer lugar a la prescripción, dictándose en consecuencia el acto administrativo de rigor, declarando prescriptos los períodos señalados correspondientes a las tasas municipales devengadas durante dicho lapso. ASESORIA LETRADA, Abril 26 de 2018. Firmado: Luis M. Cowen. Asesor Letrado. Municipalidad de Brandsen”;

Que por lo mencionado precedentemente corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

EL  INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.- Declárese prescripto los periodos 03/1999 a 09/2012, en concepto de Seguridad e Higiene del Comercio Legajo 2850, del Sr. Lagos Juan D.N.I 12.664.298, por los motivos expuestos en los considerandos.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, y  de Hacienda y Administración.-

ARTÍCULO 3º.-  Comuníquese  a  quien  corresponda,  dese al Registro Oficial y cumplido,  archívese.-