Boletines/Brandsen

Decreto Nº0512

Decreto Nº 0512

Brandsen, 26/04/2018

Visto

Visto el expediente Nº 4015-22.587/18, por el cual la Secretaría de Desarrollo Local y Acción Comunitaria, a través de la Dirección de Educación, tramita el otorgamiento de becas a distintos jóvenes del Distrito, a fin de facilitar su concurrencia a distintos establecimientos educativos; y,

Considerando

Que dichas becas están destinadas a estudiantes universitarios y terciarios de nuestra comunidad;

Que se trata de un aporte económico de $ 1200, que se otorgara mensualmente a cada uno de los estudiantes, a partir del mes de mayo y hasta diciembre del corriente año;

Que en ese marco, los estudiantes deberán acreditar la calidad de tal, con el certificado de alumno regular correspondiente al mes en curso y habiendo cumplido con la pasantía de 2 hs semanales en las dependencias ya pautadas, a fin de no perder el beneficio. No obstante ello, podrán renunciar al mismo por razones de índole personal que en cada caso manifiesten;

Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada con fundamento en la Ley Nacional Nº 26075, de Financiamiento Educativo, tendiente a garantizar la igualdad de oportunidades en el aprendizaje, apoyando las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza;

Que corresponde por lo tanto dar de alta la beca de estudio de pesos mil doscientos ($ 1.200) a los alumnos que figuran en el Anexo I a partir del mes de mayo hasta diciembre del año 2018;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.-Otórguese una beca de Estudio de pesos mil doscientos ($1.200), a los alumnos que figuran en el Anexo I que forma parte integrante del mismo, desde el mes de  mayo hasta el mes de diciembre de 2018.-

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado en la   Jurisdicción: 7000  – Categoría Programática: 18.04 - Fuente de Financiamiento: 132.-

ARTÍCULO 3º.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración, y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-

ARTÍCULO  4º.- Comuníquese a quien corresponda,  dése  al  Registro Oficial y cumplido,   archívese.-

Anexos

Anexo I

en el presente anexo figuran los alumnos que serán beneficiados con una beca

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