Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0512
Brandsen, 26/04/2018
Visto
Visto el expediente Nº 4015-22.587/18, por el cual la Secretaría de Desarrollo Local y Acción Comunitaria, a través de la Dirección de Educación, tramita el otorgamiento de becas a distintos jóvenes del Distrito, a fin de facilitar su concurrencia a distintos establecimientos educativos; y,
Considerando
Que dichas becas están destinadas a estudiantes universitarios y terciarios de nuestra comunidad;
Que se trata de un aporte económico de $ 1200, que se otorgara mensualmente a cada uno de los estudiantes, a partir del mes de mayo y hasta diciembre del corriente año;
Que en ese marco, los estudiantes deberán acreditar la calidad de tal, con el certificado de alumno regular correspondiente al mes en curso y habiendo cumplido con la pasantía de 2 hs semanales en las dependencias ya pautadas, a fin de no perder el beneficio. No obstante ello, podrán renunciar al mismo por razones de índole personal que en cada caso manifiesten;
Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada con fundamento en la Ley Nacional Nº 26075, de Financiamiento Educativo, tendiente a garantizar la igualdad de oportunidades en el aprendizaje, apoyando las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza;
Que corresponde por lo tanto dar de alta la beca de estudio de pesos mil doscientos ($ 1.200) a los alumnos que figuran en el Anexo I a partir del mes de mayo hasta diciembre del año 2018;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.-Otórguese una beca de Estudio de pesos mil doscientos ($1.200), a los alumnos que figuran en el Anexo I que forma parte integrante del mismo, desde el mes de mayo hasta el mes de diciembre de 2018.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado en la Jurisdicción: 7000 – Categoría Programática: 18.04 - Fuente de Financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 3º.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración, y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-