Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0504
Brandsen, 25/04/2018
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-21169/17, por el cual la Biblioteca Popular “José de San Martin” solicita la registración de la obra de acuerdo a la Ordenanza 1849/16; y,
Considerando
Que a fs. 21 obra el Dec, 1598/17 por el cual se autoriza a la entidad a la confección de planos del edificio de la Biblioteca Popular José de San Martin, quedando excluidas del pago de derechos de construcción;
Que en ese orden a fs. 23 la Biblioteca Popular José de San Martin hace una presentación en el Expte. donde pone en conocimiento que la institución se encuentra edificada sobre dos parcelas de terreno, designadas catastralmente como: Circ. I, Sección A, Mzna 22, Parcelas 22 y 23, que no han sido unificadas, solicitando la continuidad del trámite de registración, bajo el compromiso de iniciar el trámite de unificación de parcelas;
Que teniendo en cuenta los hechos planteados a fs. 25 se expide el Asesor Letrado al respecto: Sr. Secretario de Gobierno: Dan cuenta las actuaciones de la solicitud de la Biblioteca Popular José de San Martin para la registración de la obra de acuerdo a la Ord. 1849/16, sobre el particular es aplicable lo dispuesto en el Art. 2.7.5.6 del COUT, el que textualmente dice: 2.7.5.6 uso indivisible que ocupe más de una parcela: en caso de que un edificio afectado a un uso indivisible ocupe dos o más parcelas se deberá proceder a la unificación de las mismas cuando se deba garantizar el cumplimiento de los indicadores cuando se deba garantizar el cumplimiento de los indicadores urbanísticos establecidos para la zona a la que pertenece, en forma previa a la presentación de la documentación de finalización de obra conforme a lo establecido en el código de edificación. En consecuencia no sería posible otorgar un permiso provisorio como se solicita. No obstante teniendo en cuenta los objetivos del COUT (Ord. 1516) que en su introducción dice entre otros: “contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de la población del Partido de Brandsen incidiendo en el mejoramiento de las condiciones de estructuración de su espacio urbano y sus vinculaciones regionales. Preservar aéreas de interés patrimonial, histórico, paisajístico y ambiental, los sitios, lugares, o monumentos históricos, las obras de arquitectura y todo aquello integrante del paisaje urbano que resulte representativo y significativo del acervo tradicional y cultural de la comunidad. Es por los motivos precedentes que podría otorgarse un permiso provisorio de manera especial y excepcional, se deberá constar dicha circunstancia en el acto administrativo a dictarse y en el plano respectivo. También se deberá dejar constancia en el mismo que dicho plazo es improrrogable y que el permiso caducara automáticamente el último día. (Art. 71, 73 a contrario sensu de la Ord. Gral. 267/80). ASESORIA LETRADA. ENERO 9 de 2018.-
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de rigor;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Otorgase a la Biblioteca Popular “José de San Martin”, un permiso provisorio especial y excepcional, de ciento ochenta (180) días corridos, para la continuidad del trámite de registración de la obra.-
ARTICULO 2º.- Déjese establecido que el plazo otorgado en el articulo precedente es improrrogable y que el permiso caducara automáticamente el ultimo día (Art. 71 y 73 a contrario sensu de la Ord. Gral 267/80).-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.-
ARTÍCULO 4º.-Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-