Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 285/22
San Andrés de Giles, 29/08/2022
Visto
El expediente administrativo Municipal Nº 4101-14.710-0-12022 ; y
Considerando
Que el mismo tiene su origen en la presentación formulada con fecha 24 del mes en curso recientemente pasado, por el señor Director de Cultura, Turismo y Patrimonio dando cuenta que el próximo domingo 11 de septiembre del presente año tendrá lugar la Quinta Edición de la “Fiesta Provincial de la Galleta de Campo en Horno a Leña”;
Que el encuentro tendrá lugar en la localidad e Azcuénaga a partir de la hora 10:00 hasta la hora 18:00 aproximadamente ;
Que esta tradicional fiesta popular obtuvo su nombre gracias a las tradicionales galletas de panadería que se cocinaban en tiempos donde la población rural era numerosa y las familias iban al pueblo una vez por semana a realizar sus compras para abastecerse;
Que entre los insumos que compraban se encontraba la Galleta de Campo, que consistía en un pan grande y redondo cuya consistencia permitía que se mantuviera fresco durante al menor siete días;
Que en la ocasión habrá actuación de números musicales, emprendedores locales ,patio de comidas a cargo de instituciones de la Comunidad y el protagonista de la jornada : El sabor convocante de la exquisita y tradicional Galleta de Campo
Que este evento constituye en si mismo una expresión de atracción turística de gran importancia, una alternativa sumamente válida para favorecer la economía local y regional y un acontecimiento cultural y gastronómica de gran valor ; resultando por lo tanto de Interés del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad
Que la Municipalidad organiza el referido evento, cuya realización generará gastos que corresponde cancelar
Por ello, el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar a las áreas Contables del Municipio a cancelar las erogaciones emergentes de la realización el próximo domingo 11 de septiembre del presente año, de la Quinta Edición de la “Fiesta Provincial de la Galleta de Campo en Horno a Leña”; que tendrá lugar en la localidad e Azcuénaga a partir de la hora 10:00 hasta la hora 18:00 aproximadamente .
ARTICULO 2º: Las erogaciones a que se refiere el artículo precedente, serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes en virtud de la naturaleza de los gastos, a cuyo efecto las áreas contables mencionadas, quedan autorizadas para su registración y pago.
ARTICULO 3º: En caso que condiciones climáticas adversas determinen que el evento mencionado en el artículo 1º deba ser suspendido y reprogramada su realización para una nueva fecha a determinar, servirán para entonces los efectos del presente acto administrativo.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar a las áreas cuya intervención corresponda en virtud de la naturaleza de la presente norma y oportunamente archivar.