Boletines/San Andrés de Giles

Resolución Nº284/22

Resolución Nº 284/22

San Andrés de Giles, 25/08/2022

Visto

La nota presentada por la Sra. Directora de Inspección General y Protección Ciudadana del Municipio, que diera origen al expediente N° 4101-13603/22 caratulado: “Inspección General. s/ Actuaciones Administrativas agentes Centro de Monitoreo”, y

Considerando

Que en dichas actuaciones, la funcionaria aludida, notifica el accionar de los agentes Carello Ezequiel Jorge, Verminetti Héctor Nicolás Kuen Agustina y Guerrieri Facundo, el día 12 de abril del año en curso , durante su jornada laboral en el horario de 00 a 06 horas, en el Centro de Monitoreo, donde desempeñan sus funciones como operadores.

                                               Que, continua relatando la funcionaria, los operadores se encontraban en su posición de trabajo correspondiente, sin prestar atención a las cámaras que tienen bajo su cargo.

                                               Que por ese motivo, no observaron el ingreso de un vehículo que ya estaba identificado como sospechoso por un evento anterior, no habiendo notificado la visualización de 4 masculinos en actitud sospechosa, como así tampoco la visualización de un vehículo Chevrolet Onix  color blanco, ingresando estas personas luego a una vivienda ubicada en calle Chacabuco entre Rawson y Etcheverry de esta localidad, a cometer un hecho delictivo (robo).   

                                               Que, considera la funcionaria mentada, que es una situación extremadamente grave, puesto que pone en peligro a todos los vecinos, debido a la falta de compromiso del personal.

                                               Que en virtud de ello, se ha instruído mediante decreto N° 1599/22, la sustanciación de actuaciones presumariales, a fin de esclarecer los hechos denunciados.

                                                  Que , los agentes denunciados, en su declaración ante el Instructor, asumen en líneas generales que no se percataron de la presencia de las personas ni del automóvil .

                                               Que a lo largo de la investigación se ha incorporado al proceso, numerosos elementos de juicio de diversa naturaleza, tales como constancias documentales, prueba testimonial y prueba informativa.

                                              

                                               Que, el artículo 133º del Convenio Colectivo de Trabajo nº 38, aprobado mediante ordenanza nº 2061/17, que rige para los empleados de este Municipio, establece que la confesión del sumariado, hace prueba suficiente en su contra, siempre que sea hecha ante el instructor designado para instruir el sumario.

                                                   Que, de las pruebas colectadas en autos, surge con claridad que existe una conducta reprochable al menos desde el ámbito administrativo por parte de los agentes denunciados.

                                                 Que la  conducta en cuestión, encuadra en las transgresiones  detalladas en el artículo 104, inciso 3) del citado Convenio Colectivo de Trabajo , por lo que procede la aplicación de la sanción disciplinaria correctiva prevista en el artículo 103, inciso b)  de la citada norma legal.

Por ello, el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias

 

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1°: Aplicar a los agentes EZEQUIEL JORGE CARELLO  , DNI nº 25.960.712  Legajo N° 3048  , HECTOR NICOLAS VERMINETTI, DNI Nº 37.366.548, Legajo nº 3024, FACUNDO GUERRIERI, DNI nº 41.074.515, Legajo nº 3624 y AGUSTINA MARIBEL KUEN , DNI Nº 38.563.130 Legajo nº 3245   la sanción disciplinaria correctiva prevista en el artículo 103, inciso b) – apercibimiento – del Convenio Colectivo de Trabajo nº 38, aprobado por ordenanza nº 2061/17, por los motivos expuestos en los considerando de la presente.

ARTICULO 2°: Notificar a los interesados, a la Dirección de Inspección General y Protección Ciudadana, a la Oficina de Personal, a fin que incorpore copia  en el respectivo legajo, registrar y archivar.