Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2781/22

Decreto Nº 2781/22

San Andrés de Giles, 10/08/2022

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria  celebrada el día  4 de agosto  del año 2022 sancionó la ordenanza Nº 2516; en virtud de la cuál se exime del pago de la obligación del 5% previsto en la ordenanza 1115 y sus modificatorias a los clubes Rawson, Almafuerte, Victoria, de Caza y Pesca “El Dorado”  y Villa Manchi de nuestra ciudad para la organización de una rifa en forma conjunta; y

Considerando

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

Por ello el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias:

                                                          

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTÍCULO 1ºPromulgar la ordenanza Nº 2516 sancionada por el Honorable   Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria  celebrada el día  4 de agosto de 2022  en virtud de la cuál se exime del pago de la obligación del 5% previsto en la ordenanza 1115 y sus modificatorias a los clubes Rawson, Almafuerte, Victoria, de Caza y Pesca “El Dorado”  y Villa Manchi de nuestra ciudad para la organización de una rifa en forma conjunta

ARTÍCULO 2º:  Registrar, Publicar,  dar vista a las  áreas que corresponda y  los peticionantes  y oportunamente archivar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA N° 2516/22

 

 

Visto:

La nota ingresada por  los clubes Rawson, Almafuerte, Victoria, de Caza y Pesca “El Dorado”  y Villa Manchi de nuestra ciudad y;

 

Considerando:

Que en la misiva expresan la voluntad de organizar una rifa en forma conjunta destinada a recaudar fondos para el sostenimiento de las actividades sociales y deportivas como así también para la puesta en valor de la infraestructura de dichas instituciones.

Que en la misma además plantean la posibilidad de ser  eximidos del pago de la obligación del 5% al consejo escolar, prevista en la ordenanza 1115 y sus modificatorias.

Que en esa solicitud entienden encontrar argumento, no en forma taxativa, pero si en cuanto a las finalidades, en las excepciones previstas en el artículo 6 de la norma citada.

Que, en efecto, la ordenanza 1115 y sus modificatorias, prevén la excepción de la obligación para “las cooperadoras escolares, de hospitales, de unidades sanitarias, de instituciones de menores y de hogares de ancianos y las sociedades o asociaciones de Bomberos Voluntarios, y las entidades destinadas a la atención de la problemática de las personas con discapacidad, siempre que la organización, venta y cobranza fuera realizada por dichas instituciones”.

Que las instituciones referidas orientan su actividad a la formación social y deportiva, sobre todo de niños, niñas y jóvenes. Y en ese caso, el servicio brindado a la comunidad se equipara al de otras instituciones que trabajan con las mismas poblaciones, reconociendo siempre el enorme valor que los clubes aportan a la socialización, la contención y el bienestar general de nuestros niños, niñas y jóvenes.

Que este cuerpo ya se ha pronunciado en este sentido a través de la ordenanza Nro. 2392 del año 2021.

Que debe reconocerse la tarea de los clubes sociales y su aporte en la construcción del tejido social y, por tanto, es voluntad de este cuerpo acompañar a estas instituciones en sus desafíos, propuestas y proyectos.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1°: Eximir del pago de la obligación del 5% previsto en la ordenanza 1115 y sus modificatorias a los clubes citados en el visto para la organización de una rifa en forma conjunta.

Artículo 2°: Comunicar a las instituciones y al Departamento Ejecutivo para la prosecución del trámite.

Artículo 3°: De forma.-

 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 4 de agosto de 2022.-

Firmado:

German De Rossi                                                        Gustavo Lennard

Secretario del HCD                                                      Presidente del HCD