Boletines/Chascomús

Resolución Nº135/23

Resolución Nº 135/23

Chascomús, 03/05/2023

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-160854/M caratulado “Solicitud de Compensación por Cesión de Conchilla” iniciado por MIGUENS Sebastián María; y

Considerando

Que a fs. 01 se presenta MIGUENS Sebastián María DNI 16.821.167 con domicilio en calle Libres del Sur N° 181, solicitando “Tenga a bien tomar los recaudos necesarios para que puedan cancelar  con la cesión de conchilla, los montos generados en las partidas de mi propiedad, Partidas en las que solicito compensación por cesión de conchilla: 027-005468 y 027-033583. Las deudas hasta la cuota 1/23 de las partidas son $ 512.097,83, Partida 027-00358 y $ 202.223,65, Partida 027-033583, sumas estas que deberán ser compensadas por dicha cesión”

Que a fs. 2 el Director de Vialidad expone “Mediante relevamiento realizado en el sector del camino mencionado se constató la posibilidad de realizar la mejora pretendida al sector del camino...”.

Que, la muestra de material presentado resulta apta y beneficiosa para el camino, desprendiéndose  de la Memoria Técnica que se realizara un aporte de 300 toneladas de conchilla, a través de 10 viajes con un costo total de $1.180.000.

Que la propuesta resulta razonable y el valor encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales de mercado, si se tiene en cuenta que no hay disponibilidad  de este tipo de material en nuestro distrito, resultando conveniente realizar la compensación pretendida, una vez certificada la entrega del total del material en el sector determinado por la Dirección de Vialidad de Municipal.

Que atento a que el peticionante propone compensar la compra con la deuda por Tasa de Servicios Rurales de las partidas identificadas con los números 5468 y 33583 deberá autorizarse la compra en las condiciones propuestas para luego, una vez certificada la entrega del material y presentados los comprobantes emitidos a nombre del Sr Miguens realizar el trámite pretendido.

Que conforme el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Vigente” El Departamento Ejecutivo podrá acreditar y/o compensar de oficio o a pedido del interesado los saldos acreedores de los contribuyentes con las deudas o saldos por tasas, derechos, contribuciones, intereses, recargos o multas a cargo de aquél, comenzando por los más remotos y en primer término con los intereses, recargos o multas. En defecto de compensación por no existir deudas de años anteriores al del crédito o del mismo ejercicio, la acreditación podrá efectuarse en obligaciones futuras, salvo el derecho del contribuyente a repetir la suma que resulte a su favor. El Departamento Ejecutivo podrá admitir como medio de extinción de obligaciones de los contribuyentes, por gravámenes de cualquier naturaleza, el pago en especie mediante la entrega de bienes y/o servicios. A tales efectos el Departamento Ejecutivo deberá garantizar que las operaciones efectuadas mediante esta modalidad tengan reflejo presupuestario y contable, tanto en los ingresos como en los egresos, por su importe total, y que comprendan bienes y/o servicios útiles para el funcionamiento municipal, certificando que los mismos se ajustan a los valores de mercado, a través del contador municipal y el secretario del ramo o de una comisión de tasación constituida a tales efectos”.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado favorablemente.

Por ello, el Señor Secretario de Servicios Públicos (Sebastian Barthe Placenave), en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.-  Autorizar a Sebastián María MIGUENS a entregar 300  toneladas de conchilla, de acuerdo a la muestra presentada para le ejecución de mejoras en el camino rural Ruta 58 cercano al sector “Tranquera CH0753” por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO OCHENTA MIL ($1.180.000), conforme las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El crédito generado por el aporte de material referido en el artículo que antecede,  una vez certificada su entrega por el área municipal correspondiente, podrá ser compensado con las deudas  de tasas que registran las partidas rurales identificadas con los números 5468 y 33583, de acuerdo a los comprobantes que se acompañen y hasta el monto referido previamente a través del acto administrativo correspondiente.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Vialidad, Dirección de Ingresos Públicos y peticionante en Libres del Sur N° 181.-

ARTICULO 4º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-