Boletines/Chascomús

Decreto Nº544/23

Decreto Nº 544/23

Chascomús, 24/05/2023

LLAMAR A LICITACIÓN PÚBLICA N° 07/23

Visto

El Expediente Administrativo 4030-160413/M Alcance I. Caratulado: Llamado a Licitación Pública. Obra “Asfalto Barrio 30 de Mayo- Etapa 2”; y

Considerando

Que a través del expediente de referencia se tramitó la obra de “Asfalto Barrio 30 de Mayo -Etapa 2”.

Que consta agregado el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la obra, con un presupuesto oficial de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON 61/100 ($ 309.888.137,61).

Que, en virtud de lo establecido en los Artículos 132 y 133 de la Ley Orgánica de la Municipalidades (D. Ley 6769/58), corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, según las previsiones establecidas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Prov. de Buenos Aires (Acuerdo 23/10/91).

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Llámese a Licitación Pública N° 07/2023 para la obra de “Asfalto Barrio 30 de Mayo – Etapa 2” de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones obrante en el expediente administrativo Nº 4030-160413/M de 2023 Alcance I.-

ARTÍCULO 2°.- Establézcase el valor del pliego en  PESOS QUINCE MIL ($15.000,00).-

ARTÍCULO 3°.- Fíjese la fecha de apertura del sobre Nº 1 para el día 23 de Junio de 2023 a las 10:00 hs y del sobre Nº 2 para el día 26 de Junio de 2023 a las 10:00 horas, en el Palacio Municipal, sito en calle Crámer 270 de la ciudad de Chascomús, Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 4°.- Autorícese la publicación de avisos por dos días en el  “Boletín Oficial” de la Provincia de Buenos Aires y en un diario de la localidad de Chascomús, debiendo invitarse a tomar parte de la Licitación Pública.-

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Oficina de Compras, Contaduría, y Secretaría de Obras y Servicios Sanitarios.-

ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario  de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Obras y Servicios Sanitarios (Jorge Marino).-

ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-