Boletines/Chascomús
Decreto Nº 490/23
Chascomús, 11/05/2023
DESIERTA LICITACION PUBLICA N° 1/23
Visto
La Licitación Pública N° 01/23 tramitada mediante Expediente Administrativo N° 4030-160569/M caratulado “Diseño, construcción, puesta en valor y explotación comercial del Edificio de Fomento y Turismo y edificio de la vieja oficina de informes turísticos”; y
Considerando
Que a través del mismo se tramita la licitación para el “Diseño, construcción, puesta en valor y explotación comercial del Edificio de Fomento y Turismo y edificio de la vieja oficina de informes turísticos localizado en Av. Costanera España N° 75, entre Plaza de Juegos y Muelle de Pescadores Domingo Cazaux”.
Que consta agregados los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, con un canon mínimo sugerido a ofertar de Dieciocho Mil (18.000) módulos municipales anuales.
Que por Ordenanza 5697/22 se autorizó al DE a efectuar el llamado a Licitación Pública.
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica de la Municipalidades (D. Ley 6769/58), corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, según las previsiones establecidas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Prov. de Buenos Aires (Acuerdo 23/10/91).
Que por Decreto 155/2023 se llamó a Licitación Pública N° 01/23.
Que se han cumplido todas las formalidades establecidas en la LOM para el llamado a Licitación Pública.
Que habiéndose fijado fecha de apertura de ofertas para el día 10/05/2023 a las 10.00hs no se presenta ningún oferente.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.- Declárese desierta la Licitación Pública N° 01/2023 para el “Diseño, construcción, puesta en valor y explotación comercial del Edificio de Fomento y Turismo y edificio de la vieja oficina localizado en Av. Costanera España N° 75, entre Plaza de Juegos y Muelle de Pescadores Domingo Cazaux”.-
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Turismo, Oficina de Compras y Suministros, Contaduría y Dirección de Comunicaciones.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Planificación y Turismo (Leandro Otondo) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-