Boletines/Chascomús

Decreto Nº486/23

Decreto Nº 486/23

Chascomús, 09/05/2023

TITULO EJECUTIVO

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-155724/A caratulado “ARISTEGUI FLAVIA BELEN C/ FCA S.A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ DENUNCIA LEY” iniciado por ARISTEGUI Flavia Belén   ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC); y

Considerando

Que a fojas 91/97, obra la sentencia emitida por el Juez de Faltas Municipal, en la cual dispuso imponer a FCA S.A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS , CUIT 30-69223905-5, con domicilio en calle Della Paolera CA N° 297 Piso 25 de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, una MULTA de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 10/100 ($ 97.349,10), por la infracción a los artículos 4, 8 bis, 45  de  Ley Nacional Nº 24.240 y 48 de la Ley Provincial 13.133 , más la reposición en concepto de tasa de actuación, el sellado (Derecho de Oficina Fiscal Impositiva 2021) por actuación municipal, Titulo X articulo 15 punto 23   la suma de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS ONCE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($14.411,66).

Que dicha multa debía abonarse en el plazo improrrogable de 10 días hábiles de notificada la sentencia y depositar ante una cuenta bancaria del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6942, en Pesos Cuenta 9007/2, CUIT 30-99926759-5, CBU 0140331001694209000728, “Municipalidad de Chascomús”, debiendo el infractor presentar el comprobante de depósito ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, sita en calle Dorrego Nº 229 de Chascomús, caso contrario se remitirán las actuaciones al Área de Asuntos Legales de la Municipalidad de Chascomús para iniciar juicio de apremio en procura de su cobro.

Que a fojas 89 vta  obra  constancias de  notificación que se envió al infractor, en la que se transcribió la mencionada Disposición, sin que se procediere a su complimiento o depósito.

Que en efecto, resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la vía de apremio, confeccionar el pertinente Título Ejecutivo.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó: Que deberá llevarse adelante el proceso judicial de apremio, en procura del cobro de la multa dispuesta por la Oficina Municipal de Información al Consumidor, debiéndose emitir el correspondiente título ejecutivo.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Procédase a la Emisión de Título Ejecutivo correspondiente por la multa impuesta a la firma FCA S.A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS , CUIT 30-69223905-5, con domicilio en calle Della Paolera CA N° 297 Piso 25 de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, por PESOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON DIEZ CENTAVOS ($ 97.349,10), con más la  suma de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS ONCE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($14.411,66 ) , dispuesta en el marco del Expediente Nº4030-155724/A, de conformidad a las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Iníciese la correspondiente acción judicial para perseguir el cobro por la vía de Apremio a través de la Dirección de Asuntos Legales.-

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría  Privada, Contaduría, Cómputos, Oficina Municipal de información al Consumidor, Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor  Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-