Boletines/Chascomús

Decreto Nº485/23

Decreto Nº 485/23

Chascomús, 09/05/2023

ESCRITURACION AMPLIACION CEMENTERIO

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030- 104197/R, caratulado: “S/ Terreno afectado por la Ord. 3718/07 (Ampliación cementerio Local)” iniciado por ROMERO, María de los Ángeles; y

Considerando

Que se presentan los cónyuges ROMERO, Néstor Francisco, DNI 05.218.921 y DIAZ, Mirta Lujan, DNI 5.956.397 con el objetivo de ofrecer formalmente la venta a favor de este Municipio de un inmueble de su propiedad.

Que la nomenclatura catastral de dicho inmueble es: Circ. II, Secc. E, Ch. 126, Mz. 11, Pc. 21, inscripto en la Matrícula N° 6.225, del Partido de Chascomús (027), Partida Inmobiliaria N° 16.951.

Que consta agregada a fs. 2/5 copia de la escritura traslativa de dominio como así también los informes de dominio solicitados por la Dirección de Políticas del Hábitat, con los que se ha verificado la titularidad de los cónyuges ROMERO y DÍAZ.

Que para efectuar la compra del inmueble mencionado, en los términos del art 54 de la LOM, se solicitó autorización al Honorable Concejo Deliberante de Chascomús, quien sanciono la Ordenanza N° 3718/07 de fecha 23 de Octubre de 2007, mediante la cual autorizó al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo dicha operación.

Que mediante Decreto N° 1444/07 de fecha 23 de Octubre de 2007 la Ordenanza aludida quedó promulgada.

Que, en el mes de Septiembre de 2013, se firmó Boleto de Compraventa entre las partes el cual fue convalidado por Decreto N° 1143/2013 de fecha 3 de Octubre de 2013.

Que resulta necesario llevar a cabo la escrituración del inmueble mencionado, siendo que el objeto de la presente adquisición es la generación de nuevo suelo urbano.

Que en función de lo dispuesto por en el art. 2° y 4° inc. d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en la regularización dominial ante situaciones de interés social como el expuesto.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Declárese de interés social la regularización dominial de Escrituración del inmueble inscripto en la Matrícula N° 6.225 del Partido de Chascomús (027), designado Catastralmente como: Circ. II, Secc. E, Ch. 126, Mz. 11, Pc. 21, inscripto en la Matrícula N° 6.225, Partida Inmobiliaria N° 16.951.-

ARTICULO 2°.- Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno, a los fines del otorgamiento del acto notarial correspondiente a favor de la MUNICIPALIDAD DE CHASCOMUS, conforme a lo previsto por los artículos 2°y 4° inc. d) de la Ley 10.830.-

ARTICULO 3°.- Déjese establecido que la posesión real y efectiva del inmueble mencionado, se encuentra en poder de la Municipalidad de Chascomús.-

ARTICULO 4°.- Libérese al sólo efecto de la escrituración, las deudas que por gravámenes municipales afecten al inmueble comprendido en la presente, debiendo ser asumidas expresamente por la Municipalidad, la Escribanía General comunicará a la Municipalidad la escritura otorgada.-

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Subsecretaría de Tierras y Urbanismo, Catastro, Dirección de Políticas del Hábitat, Dirección de Patrimonio y a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-