Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1337/18
Vicente López, 28/03/2018
CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-005981/2017
Visto
las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública N° 16 dispuesto por Decreto N° 5542/17 para la "ADQUISICION DE SUTURAS con destino a cubrir las necesidades del año 2018 de los diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano", y
Considerando
Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 992.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la "ADQUISICION DE SUTURAS con destino a cubrir las necesidades del año 2018 de los diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano" un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales, a la Nota Aclaratoria y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 992.
| MEDIBEL S.A. | $ 1.296,00 | |||
| EURO SWISS S.A. | $ 12.440,40 | |||
| DISTRIBUCIÓN PRODUCTOS MEDICOS S.R.L. | $ 146.734,00 | |||
| DROGUERIA COMARSA S.A. | $ 66.188,16 | |||
| ERNESTO VAN ROSSUM y COMPAÑÍA S.R.L. | $ 139.624,16 | |||
| JOHNSON & JOHNSON MEDICAL SOCIEDAD ANONIMA | $ 1.659.313,87 | |||
| CARDIOPACK ARGENTINA S.A. | $ 50.612,28 | |||
| CEOS MEDICA S.A. | $ 31.505,88 | |||
| FLOSAN S.R.L. | $ 81.120,00 | |||
| $ 2.188.834,75 | ||||
ARTÍCULO 2°: La suma de pesos dos millones ciento ochenta y ocho mil ochocientos treinta y cuatro con setenta y cinco centavos ($2.188.834,75) se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos N° 1-22 y 1-1457 obrantes a fs. 55/8 y a fs. 980 respectivamente.
ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de adjudicación, el 5% (cinco por ciento) del importe total de la adjudicación, conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto los Sres. Secretarios de Salud y Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Tesorería y Dirección de Compras y Licitaciones) y de Salud y Desarrollo Humano.
ARTÍCULO 6°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.
Fdo: Macri- Tejo- Alvarez