Boletines/Las Flores
Decreto Nº 3748/2022
Publicado en versión extractada
Las Flores, 29/12/2022
LAS FLORES, 29 de diciembre de 2022.-
VISTO:
El Expte. 4063-4855/2021 iniciado por el Sr. Julio D. HARRISON;
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones solicita el reintegro de la suma abonada en concepto de la 3ª y 4ª Cuota Año 2021 de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene, por encontrarse la actividad desarrollada por su comercio registrado bajo el Nº 1377 Código de Actividades Nº 602250: Servicio de Transporte Automotor en virtud de lo establecido en la Ordenanza Nº 3300/2021;
Que a fs. 3 obra agregado el informe de la Dirección de Hacienda, mediante el cual hace saber, que según sus registros, el importe a reintegrar es de $6.232,90 correspondiente a la cuota 3º y 4º de 2021, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, adjuntando el listado de cuotas abonadas (fs. 2);
Que, a fs. 13 la Dirección de Hacienda detalla que la actividad del comercio (Cód. 492160 actualizado del nomenclador vigente de ARBA) se encuentra incluida en el Anexo II-IF-2021-45941081-APN-SSGA#MT de la “Nómina de actividades alcanzadas por el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en sectores críticos Resolución MTEySS 201/2021” (fs. 9/12);
Que a fs. 4 y fs. 15/16 luce el informe de la Tesorería Municipal mediante el cual verifica el ingreso del importe reclamado y el correspondiente recibo de pago;
Que a fs. 5 corre agregado el dictamen de la Dirección de Asuntos Legales el cual determina que corresponde hacer lugar al reclamo formulado;
Que a fs. 7 la Contaduría Municipal informa sobre las disponibilidades presupuestarias para atender el requerimiento;
Que tal lo dispuesto por el Art. 135º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración y estando justificada su procedencia corresponder conceder la petición formulada;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A :
Art. 1°.- Dispónese la devolución de la suma de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y ======DOS CON NOVENTA CENTAVOS ($ 6.232,90.-) a favor del Sr. Julio D. HARRISON, D.N.I.Nº 5.260.836, que fuera abonada anualmente, en virtud de lo establecido en la Ordenanza Nº 3300/2021 (Código de Actividades Nº 602250) que exime de las Cuotas 3ª y 4ª correspondiente al año 2021 de la Tasa por “Inspección de Seguridad e Higiene”, conforme las constancias obrantes en el Expediente 4063-4855/21.
Art. 2°.-La devolución dispuesta en el Art. 1° se imputará a la Jurisdicción 1110107000: =======“Servicio de la Deuda”, Programa 93 “Devolución de Tributos”, Partida 8.6.4.0 “Otras Perdidas de operación, del Presupuesto de Gastos vigente.
Art. 3°.- Cúmplase, comuníquese al interesado, tome nota Dirección de Hacienda, Contaduría ===== y dése al R.O. de Decretos del M.
Cr. PABLO GARCÍA ROMERO Ing. ALBERTO C. GELENÉ
Secretario de Economía y Finanzas Intendente Municipal
DECRETO Nº 3748