Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1408

Resolución Nº 1408

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/06/2023

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por EXTALL S.A. , CUIT: 30-70835966-8, Contribuyente No 58789 F, a fojas 2 y 31, mediante la cual solicita un permiso de funcionamiento para la comercialización en la vía publica, Rubro: Food-Trucks comidas rápidas - bebidas sin alcohol ubicado en calle CABRERA Y FORTALEZA PROTECTORA ARGENTINA, esquina perteneciente al parque Campaña del Desierto (Ubicarse fuera del sector demarcado con pilotes lindero a Avda. Cabrera, sin ocupar la senda sobre Fortaleza Protectora Argentina), del Partido de Bahía Blanca, y;

CONSIDERANDO:

         Que del informe elevado por el Departamento Habilitaciones obrante a foja 55, surge que habiéndose cumplimentado con la documentación requerida conforme Ordenanza No 19.044 que regula la actividad, corresponde se le otorgue un permiso de funcionamiento anual a EXTALL S.A. , CUIT: 30-70835966-8, Contribuyente No 58789 F, para la comercialización en la vía publica, Rubro: Food-Trucks comidas rápidas - bebidas sin alcohol ubicado en calle CABRERA Y FORTALEZA PROTECTORA ARGENTINA, esquina perteneciente al parque Campaña del Desierto(Ubicarse fuera del sector demarcado con pilotes lindero a Avda. Cabrera, sin ocupar la senda sobre Fortaleza Protectora Argentina);

 

         Que consultada la cuenta corriente del Contribuyente No 58789 F, se observa que el mismo se encuentra al día con los pagos por el concepto de Derechos por comercialización en la Vía Pública; y que no registra deuda en concepto de Multas del Tribunal de Faltas;

 

            Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades mediante Decreto No 2900/2021:


RESUELVE

ARTICULO 1°)- Otorgar a EXTALL S.A. , CUIT: 30-70835966-8, Contribuyente No 58789 F, un Permiso de Funcionamiento por el término de un (1) año, a partir de su notificación, para la comercialización en la vía publica, Rubro: Food-Trucks comidas rápidas - bebidas sin alcohol, ubicado en calle CABRERA Y FORTALEZA PROTECTORA ARGENTINA, esquina perteneciente al parque Campaña del Desierto(Ubicarse fuera del sector demarcado con pilotes lindero a Avda. Cabrera, sin ocupar la senda sobre Fortaleza Protectora Argentina), un todo de acuerdo al considerando de la presente resolución.


ARTICULO 2°)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota a sus efectos Departamento de Habilitaciones, Secretaria de Gestión Urbana, Departamento de Recaudación.