Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2102
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 02/06/2023
Vistas las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referidas a la adquisición de frutas y verduras para Hogares Convivenciales, conforme solicitud de pedido Nº 2995/2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios Nº 2995/2023, recibiéndose la propuesta económica de una (1) firma inscripta en el Registro de Proveedores de las tres(3) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación obrantes de fojas 10 a 12;
Que, el Departamento Compras sugiere a fojas 22 adjudicar los ítems N° 1 a 28 por única oferta económica válida que cumple con las especificaciones requeridas al proveedor BALEANI EMILIANO ANDRES y asimismo manifiesta que el proveedor totaliza en forma errónea su oferta por lo que se toma como valido el valor unitario;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, prescribe en su Artículo Nº 199: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Por ello, la INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a BALEANI EMILIANO ANDRES (Proveedor Nº 9.304), la provisión de los ítems Nº 1 a 28, por única oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE ($2.934.620.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTÍCULO 2º)- Dejar constancia que los responsables de la recepción y control de la mercadería serán los agentes: Karina Campos, Legajo Nº 15.169 (Casa de Abrigo 2), Leticia Astenza, Legajo Nº 15.655 y Marianella Migliavaca, Legajo Nº 16.428 (Hogar Cantilo), Mariela Cuello, Legajo Nº 11.769 y Monica Gonzalez, Legajo Nº 16.133 (Casa de Abrigo 1), Ever Gil, Legajo Nº 13.976 y Valeria Vauchelet, Legajo Nº 13.587 (Hogar Peumayen) y Victor Jaramillo, Legajo Nº 11.555 y Melisa Hirsch, Legajo Nº 15.505 (Hogar del Adolescente), en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe obrante a fojas 5.
ARTÍCULO 3º)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.