Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1987

Decreto Nº 1987

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/05/2023

Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente a los Certificados Nº 1 y 2, de la obra: “AMPLIACIÓN CENTRO DE SALUD DR. L.S. PIÑEIRO”, ejecutada por la empresa LASCO CONSTRUCCIONES S.A., y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 2 vuelta el Departamento Proyectos y Obras informa por expte. N°410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto N°823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.

Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados de los certificados Nº 1 y 2, para la obra a cargo de la Empresa LASCO CONSTRUCCIONES S.A., cuya Fecha de licitación fue el 20-05-2022, la Fecha de Contrato fue 15-06-2022, el Acta de Replanteo fue el 28-06-2022, el Plazo de obra de 180 días, y el Fin de Plazo de Obra el 25/12/2022.

Que el Departamento Proyectos y Obras ha analizado la presentación de la redeterminación de precios definitiva de la empresa LASCO CONSTRUCCIONES S.A., según el criterio de los dictámenes emitidos por las oficinas legales de este Municipio dando conformidad de los mismos y se aclara que fueron presentados en tiempo y forma.

Que el Departamento Técnico informa que verificó que para los meses de ejecución de los trabajos (MAYO-2022) y mes corte Junio - 2022, donde se puede observar que existió una variación que representa el 6,73% superior al 5% que especifica la reglamentación.

Que por lo tanto, para el análisis del Certificado Nº 1, se toman los índices correspondiente al mes de JUNIO 2022, en el se puede observar que es superior al 5%.

Que el Certificado Nº1 corresponde a los trabajos ejecutados en Junio-2022. Se informa que la Fecha de Certificación fue el 06/07/2022; la Fecha de Publicación de los índices de Marzo: 2022, el 08/09/2022; la Fecha de Presentación de la empresa, el 12/09/2022.-

La Oficina técnica informa que el importe del Certificado Redeterminado Nº 1, asciende a $635.719,22; del mismo se deduce el monto del Certificado Base Nº 1 $596.957,13, con una diferencia del certificado por $38.762,09 y el anticipo financiero $7.752,42; resultando el monto a abonar de la Redeterminación Definitiva del Certificado Nº 1 de PESOS TREINTA Y UN MIL NUEVE CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($31.009,67).-

Que el incremento en porcentaje del Certificado Base Nº 1 redeterminado respecto al Certificado Nº 1, a valores de contrato, es de 6,49%.-

Que para el análisis del Certificado Nº 2, que utilizando los coeficientes correspondientes al mes de Julio, se verifica que no se produce una variación que represente una disminución del precio del 5%, por lo tanto se utilizan los indices de Marzo-2022.

Que por lo tanto, para el análisis del Certificado Nº 2, se toman los índices correspondiente al mes de JUNIO 2022, en el que se puede observar que es superior al 5%.

Que el Certificado Nº2 corresponde a los trabajos ejecutados en Julio-2022. Se informa que la Fecha de Certificación fue el 04/08/2022; la Fecha de Publicación de los índices de Marzo: 2022, el 08/09/2022; la Fecha de Presentación de la empresa, el 12/09/2022.-

Que el importe del Certificado Redeterminado Nº 2, asciende a $2.405.605,47; del mismo se deduce el monto del Certificado Base Nº 2 $2.251.554,48, con una diferencia del certificado por $154.050,99 y el anticipo financiero $ 30.810,20; resultando el monto a abonar de la Redeterminación Definitiva del Certificado Nº 2 de PESOS CIENTO VEINTITRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($123.240,79).-

Que el incremento en porcentaje del Certificado Base Nº 2 redeterminado respecto al Certificado Nº 2, a valores de contrato, es de 6,84%.-

Que el Monto Total a pagar por la Redeterminación de Precios Definitiva de los Certificados N° 1, N° 2, asciende a un total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($154.250,46).

Que a fojas 62 el informe de la abogada de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones de la obra.-

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa LASCO CONSTRUCCIONES S.A. por los Certificado Nº 1 y 2 de la obra: “AMPLIACIÓN CENTRO DE SALUD DR. L.S. PIÑEIRO”, por un importe total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($154.250,46), en un todo de acuerdo con los considerandos y  antecedentes obrantes en el Expte. 416R-3715-2023.-

ARTÍCULO 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.54.00, Gasto 4.2.1.0. del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente re.determinación se realizará por expedientillo.-

ARTÍCULO 3º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, notifíquese a la firma LASCO CONSTRUCCIONES S.A. por intermedio del Departamento Proyectos y Obras, tome conocimiento el citado Departamento e incorpórese a través del mismo copia del presente decreto al expediente Nº 416R-2338-2022, y ARCHÍVESE.-