Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1855
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/05/2023
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente al Certificado Nº 3 de la obra: "ILUMINACIÓN LED CALLE SALLIQUELO, MELIPAL Y MACROCENTRO”, ejecutada por la empresa ELECTROMECANICA R.I. y
CONSIDERANDO:
Que por expte. N°410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto N°823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.
Que a fojas 2 el Departamento de Mantenimiento de Alumbrado Publico informa que habiéndose publicado los índices del Ministerio de infraestructura de la Provincia (Decreto 2113/02), se presenta la redeterminación definitiva del Certificado N° 3 de la obra, aclarando que no hay redeterminaciones provisorias de la misma.
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados del certificado Nº 3, para la obra a cargo de la Empresa ELECTROMECANICA R.I. cuya Fecha de licitación: 28/07/2022, Fecha de Contrato: 25/08/2022, Plazo de obra: 120 días, Fecha de Inicio de Obra: 19/07/2021.
Que a fs 2 el Departamento Técnico ha encontrado diferencias entre la redeterminación realizada por ellos y la redeterminación presentada por la empresa, en el cálculo de la variación de precios, ya que hay errores en la consideración de la cantidad de obra faltante a ejecutar, por lo cual no se produce una variación superior al 5%, entre otros, y el Certificado N° 3 deberá actualizarse a los últimos precios redeterminado aprobados (Octubre-2022).
Que en el CERTIFICADO N° 3 se produce una variación de precios del 4,53% inferior al 5% entre los precios unitarios redeterminados al mes de la última redeterminación aprobada Certificado N° 2 (Oct-22) y los precios unitarios del mes de ejecución del Certificado N° 3 (Noviembre-22), por lo cual correspondería actualizar el Certificado a los precios redeterminados al mes de Octubre de 2022. También se informa que el mes de ejecución de los trabajos fue NOVIEMBRE - 2022; la fecha de publicación de los índices de Nov-2022 fue el 04/01/2023; la fecha de publicación de los índices Dic-22: 06/02/2023; y que la empresa realizó la presentación el día 19/01/2023, la cual fue presentada dentro de los plazos previstos por el Art. 92, inc b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.-
Que el monto a pagar del CERTIF. N° 3 (Redet. Definitiva) asciende a $6.005.174,89 (Actualizado Oct-22)
Que a fojas 127 el informe de la abogada de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación en carácter definitivo según Decreto provincial n° 2113/02 conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente al Certificado N.º 3 de la obra: "ILUMINACIÓN LED CALLE SALLIQUELO, MELIPAL Y MACROCENTRO", resultando la suma a abonar de PESOS SEIS MILLONES CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 6.005.174,89), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 437R-2620-2023.-
Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
Artículo 3º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la orden de compra correspondiente, notifíquese a la firma ELECTROMECANICA R.I. por intermedio del Departamento Mantenimiento de Alumbrado Público, tome conocimiento la Dirección General de Electricidad, Alumbrado y Cementerio; Cumplido, ARCHÍVESE.-