Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1606
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/05/2023
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria del Anticipo Financiero de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AREA CENTRO", ejecutada por la empresa CONSAR CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L. y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 la Dirección de Planificación Urbana informa que por Ordenanza Nº 20986 la Municipalidad de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Nº 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminación de precios en contratos de Obra Pública.
Que de las presentes actuaciones surge que la Licitación se realizo en el mes de diciembre de 2022, con fecha de Contrato: 06/01/2023, y un Plazo de obra de180 días.
Que, dicha dirección como oficina técnica ha analizado la presentación de la redeterminación de precio provisoria del anticipo financiero de la empresa CONSAR CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L. la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza Nº 20986 bajo los índices correspondientes al mes de Enero de 2023.
Que del expediente de referencia surge que, el mes de Facturación del anticipo financiero fue Enero 2023 la fecha de publicación de los indices 28/02/2023 y fecha de presentación empresa: 28/02/2023.
Que en virtud de ello nace que el total abonar de la Redeterminacion Provisoria del Anticipo Financiero alcanza la suma de: ($1.444.303,95), de lo cual se deberá retener el 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.
Que a fojas 30 el informe del asesor letrado de esta Secretaría de Gestión Urbana manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20.986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectuá esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la orbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el Articulo 23.
En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminaciòn, entiendo que la misma deberá rechazarse.
En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminaciòn según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del anticipo financiero de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AREA CENTRO", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Aprobar la redeterminación provisoria de precios del anticipo financiero de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AREA CENTRO", por un monto de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TRES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.444.303,95), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 639R-3260-2023; encomendándose a retener el 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.
ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Articulo 16 de la Ordenanza Nº 20.986.
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza Nº 20.986
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110119000, Cat. Progr. 17.76.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5°: Refrende el presente decreto el Sr. Secretario de Economía.
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; Notifiquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tomen nota Dirección de Planificación Urbana. Cumplido ARCHÍVESE