Boletines/Lincoln

Decreto Nº3215/16

Decreto Nº 3215/16

Lincoln, 05/10/2016

DISPONIENDO LA DESADJUDICACIÓN, DE UN LOTE DE TERRENO MUNICIPAL UBICADO EN LA CIUDAD DE LINCOLN, AL  SR. JUAN CARLOS RANO Y A LA SRA. GILDA ANDREA FONDA; Y ADJUDICANDO A LOS MISMOS, OTRO LOTE DE TERRENO.-  

Visto

La  presentación efectuada por los Sres. Juan Carlos Rano y Gilda Andrea Fonda renunciando a la adjudicación de un lote de terreno municipal sito en la ciudad de Lincoln, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección F, Chacra 599, Manzana 599-c, Parcela 1-parte, Lote 46; y solicitando la adjudicación a su favor de un lote de terreno, sito en la ciudad de Lincoln, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección G, Manzana 658-c, Parcela 12 (plano característica 60-48-2014).-

Considerando

Que por Decreto n° 5498/15 se dispuso la adjudicación a los Sres. Juan Carlos Rano y Gilda Andrea Fonda de un lote de terreno, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección F, Chacra 599, Manzana 599-c, Parcela 1-f parte, Lote 46 (plano característica 60-24-2011).-

Que los adjudicatarios nunca pudieron tomar posesión del terreno, ya que fue ocupado por otra familia, con menores a cargo; lo que consta en una denuncia formulada por el Sr. Rano, ante la Ayudantía Fiscal de Lincoln, IPP 04-00-009489-15.-

Que  los Sres. Rano y Fonda, presentaron la renuncia a dicho lote de terreno, la que obra en el expediente interno número 0756/14 de la Dirección de Tierras.-

Que el Sr. Rano y la Sra. Fonda solicitan se adjudique a su favor un nuevo terreno, con destino a la construcción de su vivienda familiar, única y de ocupación permanente.-

Que el informe social de fecha 20/09/2016 revela la necesidad de los pretensos adjudicatarios de contar con un lote de terreno, destinado a la construcción de su vivienda familiar.-

Que la Dirección de Tierras entiende que es necesario regularizar la situación de hecho planteada, y en consecuencia, dictar la norma legal correspondiente, a los efectos de que los nuevos adjudicatarios dispongan de documentación que le brinde seguridad jurídica y regularice la ocupación que detenta.-                        

Que en consecuencia, y por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Dése de baja la adjudicación a los Sres. Juan Carlos RANO, D.N.I. 30.612.896, y Gilda Andrea FONDA, D.N.I. 36.818.584, respecto de un lote de terreno municipal designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección F, Chacra 599, Manzana 599-c, Parcela 1-parte, Lote 46, en virtud de la renuncia formulada.-

ARTICULO 2º: Adjudíquese a los Sres. Juan Carlos RANO, D.N.I. 30.612.896, y Gilda Andrea FONDA, D.N.I. 36.818.584, un lote de terreno, ubicado en esta ciudad de Lincoln, e identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección G, Manzana 658-c, Parcela 12 (plano característica 60-48-2014).-Dicha adjudicación tendrá el carácter de precaria por el término de 3 años, contados a partir de la fecha del presente.- Una vez transcurrido dicho plazo, la adjudicación tendrá el carácter de definitiva y a titulo de venta tal como lo establece la Ordenanza 961/94 sancionada por nuestro Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de julio de 1994.-

ARTICULO 3 º: Los nuevos adjudicatarios deberán respetar todos los requisitos y obligaciones determinadas por las Ordenanzas que regulan este tipo de adjudicaciones, quedando expresamente prohibido disponer de la vivienda para su venta, alquiler, cesión ó permuta, aún a título gratuito, sin la previa conformidad de la Municipalidad. Esta adjudicación podrá ser revocada por el Departamento Ejecutivo si la adjudicataria no destinase el inmueble a vivienda familiar, única y de ocupación permanente.-

ARTICULO 4º: El valor del terreno será determinado en el momento de su regularización dominial y  de acuerdo a los normas vigentes.-

ARTICULO  5º: Refrenda el Secretario de Gobierno y Gestión Publica.-

ARTICULO  6º: Comuníquese a los interesados, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Tierras, Oficina de Vivienda, Oficina de Cómputos, Oficina de Catastro, y a quien más corresponda.- Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.