Boletines/Tandil

Decreto Nº2123/2023

Decreto Nº 2123/2023

Tandil, 06/06/2023

Visto

La solicitud de designación como personal de Servicio – Cocina de la señora Yanina Andrea Villanueva - Legajo 11.590, efectuada por el Jefe de Servicios Generales del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, como reemplazante de la agente María Luz Moran quien se encuentra de licencia sin goce de haberes hasta el 31 de agosto de 2023.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Desígnase a la señora Yanina Andrea Villanueva - Legajo 11.590, como personal de Servicio – Cocina, en la planta temporaria, en carácter de reemplazante, categoría 1 – 48 horas semanales, con la bonificación por Tareas Criticas - Concepto 39, cumpliendo tareas en el sector de Cocina del Hospital "Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 1° de junio de 2023 y por el término de tres (3) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.

Artículo 2°: Se deja establecido que la señora Yanina Andrea Villanueva se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Servicio.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social, 1.2.4.0 Otros Gastos en Personal, 1.2.4.5 - Adicional Tareas Críticas, del presupuesto de gastos en vigencia.

Artículo 4°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos, Servicios Generales, Supervisión de Mucamas/os y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Matías Tringler (Presidente)                   - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud            -                Intendencia