Boletines/Tandil
Decreto Nº 2112/2023
Tandil, 06/06/2023
Visto
El decreto 1263/23 y las ordenanzas Nº 12.121, Nº 11.108, Nº 15.479, Nº 9.141 y sus modificatorias.
Considerando
Las solicitudes presentadas por distintos contribuyentes para abonar al contado y en cuotas deudas atrasadas de tributos municipales.
Las facultades establecidas a este Departamento Ejecutivo en el marco de la ordenanza Nº 12.121.
El informe de la Agencia de Ingresos Municipales, Dirección de Rentas y Finanzas, por el cual se sugiere el dictado del presente acto administrativo.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Prorróguese la vigencia del decreto 1263/23 hasta el 12 de junio de 2023 inclusive.
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, tomen nota las Direcciones de la Agencia de Ingresos Municipales: Rentas y Finanzas e Ingresos Públicos, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y, oportunamente pase a "Guarda Temporal".
Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Economía y Administración - Intendencia