Boletines/Tandil

Decreto Nº2072/2023

Decreto Nº 2072/2023

Tandil, 02/06/2023

Visto

El artículo 43º de la Ordenanza Fiscal vigente.

Considerando

Que se debe establecer la tasa de interés que corresponde aplicar a los pagos que ingresen fuera de término.

Que al respecto se ha expedido la Agencia de Ingresos municipales (AgIM).

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Fíjase en un cuatro por ciento (4 %) la tasa de interés mensual para ser aplicada a los pagos fuera de término de todas las tasas municipales, durante el mes de junio de 2023. En caso de que las deudas fueran reclamadas por intimación de pago, inspecciones u otra intervención de organismos municipales, durante el mismo período, el interés será del cinco por ciento (5 %) mensual.

Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, tomen nota las Direcciones de la Agencia de Ingresos Municipales: Rentas y Finanzas e Ingresos Públicos, Contaduría General, Tesorería Municipal, Secretaría de Gobierno, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, Delegaciones Municipales de María Ignacia - Vela y Gardey, Dirección de Cementerios y oportunamente pase a Guarda Temporal.

Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario)        -            Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                   Secretaría de Economía y Administración     -                        Intendencia