Boletines/Mercedes

Resolución Nº137/2023

Resolución Nº 137/2023

Mercedes, 22/05/2023

Visto

El expediente N° 7418 del año 2018 caratulado: “KARP ELIAS s/ PLAN VIVIENDA O TERRENO”, quien solicita ingresar junto a la Sra. OLIVAR Florencia Noemí al Programa “Mi Terreno”, y:

Considerando

Que en el quinto sorteo realizado con fecha 23 de agosto de 2019 a las 10 horas en el Teatro “Julio Cesar Gioscio” con la presencia del Escribano Juan Pablo Giannini, quien labró el Acta de Constatación N° 69, salieron sorteados en el puesto 27; y para corroborar el cumplimiento de requisitos se publicaron edictos a los fines que particulares presenten oposiciones y se realizó la consulta del formulario (755) ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, con la intención de conocer si los titulares cuentan con inmuebles a su nombre, corroborando el cumplimiento del inciso 2 del artículo 19 de la Ordenanza 7982/17; se solicitó índice de titulares a nombre de los titulares; se les realizo un informe socio económico ambiental y estando todo en orden se procedió a que elijan el terreno.-

Que con fecha 26 de septiembre se les entrego el terreno cuya nomenclatura catastral es Circunscripción II, sección B, chacra 172, manzana 172 R, parcela 8; adjudicado mediante el Decreto N° 1334, folios N° 1897/1899 del libro N° 55.-

Que se presentó una persona a denunciar utilizando el recurso de reserva de identidad, manifestando que los Sres. KARP y OLIVAR vendieron el lote adjudicado, por lo que se les notificó de la misma mediante cédula en dos oportunidades, para que presente alegato sobre el mérito de la denuncia realizada con su contra.

Que, previo llamado, se presenta el Sr. KARP con fecha 08 de mayo en esta Dirección y manifiesta que no recibió las cedulas de notificación porque se mudó y no actualizo sus datos; y que no vendió el lote otorgado, estando anoticiado que no puede realizar ese tipo de operaciones;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO

Artículo 1°: Considerar válido el descargo formulado y declarar la continuidad del Sr. KARP Elías con DNI 32.975.087 y de la Sra. OLIVAR Florencia Noemí con DNI 39.203.879 en el Programa MI TERRENO, atento que no resuelven el problema habitacional según la investigación realizada.-

Artículo 2°: Notifíquese con transcripción de los art.65 y 86 de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 3°: Hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes en caso estime corresponder (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).