Boletines/Mercedes

Decreto Nº873/2023

Decreto Nº 873/2023

Mercedes, 08/05/2023

Visto

La necesidad de regularizar el dominio de las tierras del Partido de Mercedes por lo que se ha conformado expediente Nº 4075-5/2023, caratulado “Onni de Gallo María Ester Solicita Cancelación de Hipoteca Nom. Cat. Circunsc: II; Sección B; Chacra 151; Mz 151 S, Parcela 8, Partida 8721”:          

Considerando

Que la Sra. Onni María Ester Argentina, DNI 6.722.235, de estado civil viuda titular dominial del inmueble identificado catastralmente, Circunsc. II, Sección B, Ch. 151, Mz. 151 S, Parcela 8, Partida inmobiliaria 8.721, del que oportunamente se realizó mutuo con Hipoteca, escritura número QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO, por ante la escribanía general de gobierno de la provincia de Buenos Aires, constituyendo HIPOTECA de primer grado a favor de la Municipalidad de Mercedes (B), tal consta de fojas 15 a 19.

            Que habiendo cancelado el total de deuda de vivienda respecto del inmueble antes mencionado, el titular registral solicita de la Escribanía General de Gobierno, la cancelación del gravamen real por lo que motiva la conformación del correspondiente expediente administrativo municipal, donde se solicita el CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE VIVIENDA, debidamente rubricado por la autoridad competente, el cual con fecha 2 de febrero del 2023, constando a fojas 54, es expedido a los efectos del presente;

  El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA

Artículo 1º.- Ordénese practicar la CANCELACION DE HIPOTECA, por encontrarse cancelada la deuda correspondiente al inmueble identificado con nomenclatura catastral Circunsc. II, Sección B, Ch. 151, Mz. 151 S, Parcela 8, Partida inmobiliaria 8.721, inscripta mediante escritura número QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO realizada por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º.- Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de los solicitantes, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830.

Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad. Dése al Digesto General. Fecho. Archívese.