Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2545/22
San Andrés de Giles, 19/07/2022
Visto
El expediente Nº 4101- 12.941-0-2022, mediante el cual se tramita el llamado a Licitación Pública Nº 12/2022, cuyo objeto es la recepción de ofertas la construcción de noventa y seis (96) nichos, más dos (2) módulos de espacios para urnas en el Cementerio Norte de nuestra ciudad, los que serán emplazados a continuación de la misma edificación construida para tal fin, de reciente terminación; conforme los términos del Decreto Municipal Nº 1908 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 26 de mayo del año en curso, que dispone el correspondiente llamado a Licitación; y
Considerando
Que en el artículo 3º del mencionado acto administrativo se dispuso la aprobación del correspondiente pliego de Bases y Condiciones en tanto que en su artículo 4º se establece como fecha y horario para la apertura de propuestas, el día 15 de junio del año 2022, a la hora 12.00
Que en conforme a la legislación vigente, se brindó estricto cumplimiento a la publicación de la Licitación con la debida frecuencia, en los medios de difusión gráficos locales, zonales y en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires
Que conforme se encontraba previsto, en la fecha y horario indicados, se llevó a cabo el acta de apertura de propuestas registrándose lo actuado en el Acta Nº18/2022 –De Licitación Pública
Que, surge del Acta mencionada que se registró una única oferta y que la única propuesta presentada es la que corresponde al Sr. Osmar Alberto Branchini.
Que la propuesta en estudio, asciende a la suma total de once Millones Doscientos Mil Pesos ($ 11.200.000)
Que han intervenido en las actuaciones del mentado expediente, el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, la señora Contadora Municipal Interina y el señor Asesor Letrado de la Municipalidad, mediante la formulación de sus respectivos informes.
Que, la Ley Orgánica Municipal prevé en su artículo 155, que para el caso de existir un solo oferente en la licitación y siendo conveniente la misma, se podrá resolver su aceptación, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Que, similar norma contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.
Que teniendo en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de la realización de una obra de fundamental importancia como es la construcción de nuevos espacios para inhumación en el Cementerio Norte de nuestra Ciudad, obra sumamente necesaria y esencial, por encontrarse prácticamente colmada la capacidad actual, las actuaciones fueron elevadas al Honorable Concejo Deliberante para su resolución .
Que como consecuencia de ello, el Honorable Concejo Deliberante durante la Sesión Ordinaria celebrada el día 7 de julio el año en curso, sancionó la Ordenanza Nº 2508/2022 que autoriza al Departamento Ejecutivo a adjudicar al Sr. BRANCHINI OSMAR ALBERTO DNI Nº 16.592.949 , CUIT nº 20-16592949-8 con domicilio en calle Belgrano Nº 1651 de la ciudad de San Andrés de Giles, la licitación pública Nº 12/2022 .
Que la norma fue promulgada por Decreto Nº 2505 dictado por el D.E. con fecha 14 de julio del presente año;
Que el artículo 2º del referido Decreto dispone la adjudicación de la Licitación al único oferente Osmar Alberto Branchini
Que se ha celebrado el correspondiente contrato de locación de obra, debiéndose proceder al dictado del acto administrativo que disponga la convalidación del respectivo instrumento contractual;
Por ello el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar el contrato de locación de obra suscripto entre La Municipalidad de San Andrés de Giles y el Sr. Osmar Alberto Branchini, cuyo objeto es la construcción de noventa y seis (96) nichos y dos módulos de espacios para urnas, destinados a ampliar la capacidad de inhumación en el Cementerio Norte de nuestra ciudad, que como anexo I forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTICULO 2º: Según los clasificadores Presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial Nº2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de Las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), la imputación del gasto corresponde efectuarse en la siguiente partida presupuestaria:
Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110105000 Secretaría de Obras y Servicios
Categoría Programatica 51 Prestación de Servicios en el Cementerio Norte
Actividad 53 Obras en el Cementerio Norte
Inciso 2 Bienes de Uso
Partida Principal 2 Construcciones
Partida Parcial 1 Construcciones en Bienes del Dominio Privado
ARTICULO 3º: Registrar, dar vista a las áreas cuya intervención corresponda, de acuerdo
a la naturaleza de la presente norma, comunicar al Contratista, publicar y archivar.-
CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA
El presente contrato se celebra en la Ciudad de San Andrés de Giles, el día 20 de julio del año 2022, entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Interino, Miguel Angel Gesualdi, en mérito a lo dispuesto en el Decreto Nº 022 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2021 (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre , por una parte, en adelante llamada La Municipalidad y por la otra y por la otra el Sr. Osmar Alberto BRANCHINI DNI nº 16.592.949 CUIT 20-16592949-8 con domicilio en calle Belgrano nº 1651 de la ciudad de San Andrés de Giles, Partido del mismo nombre , en adelante denominado “el contratista” o “la Contratista” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte". Las partes acuerdan entonces celebrar el presente contrato que en adelante se denominará “este contrato” y quedará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Este contrato se corresponde y es consecuencia de la Licitación Pública Nº 12/2022 tramitada por “LA MUNICIPALIDAD” a través del Expediente Nº 4101-12.941-0-2022, en la cual “ EL CONTRATISTA ” resultó adjudicatario en virtud de lo dispuesto por la ordenanza nº 2508/2022, promulgada por decreto Nº 2505/2022.
SEGUNDA: El objeto de este Contrato es que El Contratista realice para La Municipalidad la mano de obra correspondiente – con el pertinente aporte de los materiales necesarios y recursos necesarios mencionados en este Contrato - a excepción de las tapas de los nichos que serán provistas por la Municipalidad - la construcción de noventa y seis (96) nichos y dos (2) módulos de espacio para urnas destinados a ampliar la capacidad de inhumación en el Cementerio Norte de nuestra ciudad en concordancia con la necesidad real actual, siendo las tareas a realizar las que se detallan a continuación, las cuales deberán ser ejecutadas en un todo de acuerdo con las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 12/2022, aprobado por Decreto Municipal Nº 1908-Artículo 3º-. El sistema constructivo a adoptar para la ejecución es el tradicional en un todo de acuerdo a las Memorias, Especificaciones Técnicas y croquis correspondientes, obrantes en el expediente Nº 4101-12941-0-2022
TERCERA: Descripción de los ítems de obra a realizar por El Contratista , siendo su obligación la señalización de cualquier obstáculo que signifique algún peligro para los peatones o el tránsito de vehículos, en la zona de trabajo; por lo que deberá proveer, a su cargo, el personal y los elementos de seguridad que considere necesarios la Inspección. Fundamentos: Tomando en cuenta la necesidad de ampliación del cementerio actual para la ubicación de nichos se planteó el proyecto de manera de poder obtener la mayor cantidad de nicheras posibles. Ubicación: En el Cementerio Norte de nuestra ciudad .Su lugar de emplazamiento es a continuación de la última edificación realizada para tal fin, tomando como punto de emplazamiento dos metros de separación del mismo. Se proyectaron módulos de 12 nichos cada uno en forma consecutiva hasta completar un total de 8 módulos, sumando 96 nicheras en total. Y en sus extremos se colocan dos espacios de un metro de ancho cada uno para la ubicación de urnas. Toda la hilera de nichos lleva un semicubierto para protegerse al momento de caminar y estar en el lugar.
|
|
AMPLIACION A CONSTRUIR |
Cantidad de Urnas |
Cantidad de Nichos |
Superficie (m²) |
|
PLANTA BAJA |
PLANTA NICHOS |
24 |
96 |
150.30 |
|
|
|
|
|
|
Seguridad
Se tomarán todas las medidas de protección de la obra que prescriben las leyes, ordenanzas contra accidentes. Quedarán a cargo de la ejecución todos los daños ocasionados por el incumplimiento de las medidas de seguridad.Replanteo
Se realizará sobre la base de la documentación técnica y en un exacto trazado de cimientos y muros utilizando para tal fin caballetes de madera en óptimas condiciones.Los niveles determinados en los planos, serán ratificados o rectificados por la Inspección de la Obra, durante la construcción, mediante órdenes verbales y/o escritas o sobre nuevos planos parciales de detalles. TAREAS PREVIAS
LIMPIEZA DE TERRENO: Desmonte y terraplenamientos: se deberá realizar la limpieza de todo el terreno donde se implantará la obra para llevar el terreno a las cotas establecidas en los planos de obra. Se utilizará para terraplenamiento tierra sin cascotes ni piedras, asentándola fuertemente con pisón y agua en capas de 15,00 cm. de espesor.
MOVIMIENTO DE SUELO PARA FUNDACIONES
Se procederá a emparejar y limpiar el terreno antes del inicio del replanteo en toda la extensión de las obras a ejecutar, al igual que todo sector que impida el correcto replanteo. La nivelación del lugar incluirá todas las excavaciones, desmontes y rellenos necesarios para llevar los niveles del terreno a las cotas y pendientes de proyecto indicadas en los planos y/o por la Inspección de Obra.
El fondo de las excavaciones que fuera necesario realizar será perfectamente nivelado y apisonado. Se deberá apuntalar cualquier parte del terreno que por sus condiciones o calidad de las tierras excavadas haga presumir un desmoronamiento.La tierra sobrante, si no puede emplearse en obras de terraplenamiento, será retirada, previa autorización de la Inspección de Obra. RELLENO Y TERRAPLENAMIENTO BAJO SOLADO:De ser necesario se realizarán rellenos y terraplenes. Estos serán de suelo seleccionado y se compactarán en un todo de acuerdo a lo aquí especificado.El material de relleno será depositado en capas, que no excedan los 15 cm. El contenido no sobrepasará lo requerido por una comprobación a máxima densidad. Cada capa será compactada por cilindros u otro medio apropiado hasta un 95% de densidad máxima del terreno. El material de relleno podrá ser humedecido, si fuera necesario, para obtener la densidad especificada. De acuerdo a la magnitud de estos rellenos, los mismos serán efectuados utilizando elementos mecánicos apropiados, para cada una de las distintas etapas que configuran el terraplenamiento. ELEMENTOS DE SEGURIDAD: El personal que se desempeñe en obra deberá utilizar permanentemente los elementos de seguridad acordes al tipo de trabajo durante su ejecución. .- ESTRUCTURA RESISTENTE
GENERALIDADES: Hormigón Armado.Para todos los casos el hormigón deberá poseer una resistencia característica de 170 Kg / cm2 a los 28 días.La mezcla tendrá como mínimo 320 Kg/m3 de cemento, utilizándose barras de acero torsionado en frío tipo III, con una tensión de rotura característica de 4.400 Kg/cm2.En el caso de la construcción de cubierta de losa, la estructura de HºAº se ejecutará de acuerdo a los correspondientes cálculos particularizados.Los encofrados podrán ser de tablas de madera, metálicas, plásticas o paneles de madera compensada, tratados de forma tal que aseguren una correcta terminación exterior. No se retirarán los encofrados ni moldes sin aprobación de la Inspección de Obra y todos los desencofrados se realizarán sin perjudicar a la estructura de hormigón.El desarme del encofrado comenzará cuando el hormigón haya fraguado completamente y pueda resistir su propio peso y el de la carga que pueda estar sometida durante la construcción.Previamente al retiro de los puntales bajo vigas se descubrirán los laterales de columnas, para comprobar el estado de estos elementos.Desencofrado:Los plazos mínimos serán:
|
Costados de vigas y de columnas |
4 días |
|
Fondo de losas |
10 días |
|
Fondos de vigas |
20 días |
|
Puntales de seguridad en losas y vigas |
28 días |
Consideraciones para sistema de vigas de fundación y pilotines:2.1- Pilotines
Se ejecutará según planos con hormigón H21. A continuación se consignan las dimensiones mínimas.Diámetro de ø 25 cm, profundidad a tierra firme, mínima 1,50 m del nivel del terreno natural.Armadura con 4 ø 10 mm y estribos ø 6 mm c/ 15 cm. Arriostrado superior a la viga de fundación.- Viga de Fundación: Las mismas se dimensionarán de acuerdo al plano, ejecutadas con hormigón H21. A continuación se consignan las secciones mínimas.
La dimensión y armadura será:Sección de 20 x 25 cm, con 4 ø 10 y estribos ø 6 c/ 20 cm.
Deberá preverse la colocación de chicotes en correspondencia con las columnas de mamposteria.- Losa de Hormigon H21 para nichos.Espesor de la losa deberá ser de 6 cm con una armadura de hierro de malla cima 15 x 15 espesor Ø6.Se deberá realizar una nariz según plano de corte para el encastre de las tapas de granito.* Se realizará mamposteria de ladrillo común en todo el perímetro de la edificación con el fin de armar el cajón hidrófugo y luego de su encuentro con la capa aisladora horizontal se levantará la mamposteria con ladrillo hueco y común según corresponda como se especifica en los planos.
* Las paredes portantes de ladrillo hueco llevarán un dintel de 3 hiladas de mamposteria de ladrillo común con refuerzos de Ø12 en sus asientos antes del apoyo de la losa de hormigón armado y otra dintel de tres filas de ladrillos igual a la nombrada anteriormente antes del apoyo de los perfiles del techo de chapa. Pared de 0,20 m de ladrillo cerámico hueco de 0.18 x 0.18 x 0.33 portante, asentados con mezcla reforzada. Llevarán refuerzos en las hiladas de concreto cada 4 hiladas con 2Ø8 en los encuentros con otras mamposterías.Terminaciones: Exterior -Se terminarán con revoque único con aislación hidrófuga.
Interior- Llevarán revoque único. Pared de 0,08 m de ladrillo cerámico hueco de 0.08 x 0.18 x 0.33 asentados con mezcla reforzada. Llevarán refuerzos en las hiladas de concreto cada 4 hiladas con 2Ø8 en los encuentros con otras mamposterías.Terminaciones: Interior –Revoque único.Pared de 0,15 m de ladrillo comun, asentados con mezcla reforzada. Llevarán refuerzos en las hiladas de concreto cada 4 hiladas con 2Ø8 en los encuentros con otras mamposterías.Terminaciones: Exterior –Rasado.Interior- Llevarán revoque único con hidrofugo. La mampostería se ejecutará a plomo y sin pandeos, los mampuestos se colocarán con un enlace no menor que la mitad de su ancho en todos sus sentidos. Las hiladas serán perfectamente horizontales. Las juntas serán de 15 mm de espesor.Los encuentros de la mampostería con refuerzos de hormigón armado se trabarán con chicotes de hierro que serán colocados al hormigonar. CAPA AISLADORA TIPO CAJON: En todas las paredes sin excepción se extenderá la capa aisladora horizontal, tipo cajón de 15 mm de espesor, sobre todas las hiladas de ladrillo desde la viga de fundación hasta +8.00 cm del N.P.T. (nivel de piso terminado) Todas se unirán a las demás aislaciones verticales u horizontales que hubiere.El planchado de las caras será perfecto para evitar puntos débiles. Se cuidará que la colocación y unión de las capas aisladoras se ejecuten sin interrupciones, de manera de evitar por completo las filtraciones de agua o humedad.La capa aisladora se deberá ejecutar con una mezcla de 1 parte de cemento, tres de arena y 1 Kg. de hidrófugo mineral amasado con 10 lts. de agua.CONTRAPISOS para piso de ladrillo: Los contrapisos tendrán un espesor de 12cm. Se ejecutarán sobre terreno natural previa colocación de nylon de 200 micrones. El contrapiso deberá quedar perfectamente nivelado para recibir el ladrillo el cual no llevará carpeta. Se deberá calcular la altura de la base del contrapiso de manera que el piso terminado quede a 10 cm de la primera tapa de granito.En todos los casos de contrapisos asentados sobre tierra, el terreno se nivelará y apisonará, debiéndose prever el espacio necesario para recibir el contrapiso que corresponda.En los sectores donde pasen instalaciones por piso, estas deberán estar concluidas y probadas previa ejecución del contrapiso. Luego de la ejecución del contrapiso ninguna cañería quedará expuesta.Las diferencias de nivel que existan entre los accesos al edificio y el nivel exterior, como así también respecto del nivel de acera serán resueltas mediante rampas.REVOQUES:Los paramentos de las paredes que deban revocarse se limpiarán, se degollarán las juntas hasta 15mm de profundidad, se desprenderán las partes no adheridas y se abrevará el paramento con agua; en todos los casos el revoque será único y llaneado perfectamente para dar una terminación lisa y uniforme.
Los paramentos una vez terminados no deberán presentar superficies alabeadas, ni fuera de nivel, ni rebabas u otros defectos. Los revoques ejecutados de acuerdo a estas especificaciones tendrán aristas rectas, exentos de imperfecciones. Las aristas de intersección de los parámetros entre sí, serán vivas y rectilíneas.
AZOTADO HIDROFUGO:El azotado hidrófugo se realizará sobre las paredes exteriores que no lleven ladrillo rasado (en cuyo caso se hará en el interior cuidando de no discontinuar la capa aisladora y en la galería en en el lado interior del dintel
REVOQUE GRUESO UNICO:Todas las paredes llevarán revoque grueso único perfectamente allanado para recibir la terminación de pintura.- PISOS PISO DE LADRILLO: Se realizará sobre el contrapiso perfectamente nivelado.7.- CUBIERTAS: CUBIERTA DE CHAPA CON ESTRUCTURA METALICA La estructura principal se realizará con perfiles “C” del 10 de chapa galvanizada.
Los perfiles para clavadores de chapa se colocarán según plano con la pendiente indicada en cada caso.Estos techos llevarán una manta aislante en toda la superficie.Se colocará chapa acanalada de acero galvanizada anti condensante.
Todos los techos de chapa llevarán babetas de chapa galvanizadas amuradas y selladas a los muros de carga en los tres lados empotrados. GENERALIDADES
Dicho montaje deberá efectuarse de acuerdo a los planos de detalle e incluye la provisión y colocación de todos los elementos complementaris necesarios, estén o no indicados.Se incluyen los muros de carga, los que se ejecutarán con ladrillos comunes de 15 cm., con revoque exterior desde la carga hasta la chapa (azotado hidrófugo, grueso al fieltro).Las pendientes de desagüe respetarán los planos correspondientes. CIELORRASOS:CIELORRASOS DE PLACAS DE PVC
Se realizarán sobre el pasillo semicubierto a lo largo de toda la extensión siguiendo la pendiente del techo
PINTURA:- PINTURA LATEX PARA EXTERIOR: Se derán como mínimo 2 manos de pintura previa imprimación. Si con dos manos no es suficiente para que tenga una terminación uniforme y bien cubierta la dirección de obra podrá exigir las manos que hagan falta para el acabado requerido. Las muestras se presentarán en sus envases originales inalterados. La provisión se hará en los envases de fábrica.Se dará aviso con anterioridad a la Inspección de cada mano que vaya a aplicarse. Los defectos de cualquier obra serán arreglados antes de pintar y se retocarán esmeradamente los trabajos una vez concluidos. Antes de pintar, las obras se limpiarán prolijamente.La última mano se dará al finalizar todos los trabajos restantes.Las pinturas se lijarán perfectamente entre mano y mano.
Será condición indispensable para la aceptación de los trabajos que no presenten señales de pinceladas o pelos u otra imperfección cualquiera.Mamposteria
Las superficies tienen que estar secas antes de comenzar los trabajos.
La preparación para paredes de la superficie a pintar es con limpieza y lijado antes de cada mano. Los colores serán definidos por la Inspección de Obra.. Es obligación del Contratista la señalización y prevención de toda interrupción u obstáculo que signifique algún peligro para los peatones o el tránsito de vehículos, en la zona de trabajo; por lo que deberá proveer, a su cargo, el personal y los elementos de seguridad que considere necesarios la Inspección. . El Contratista deberá proveer a su cargo dos Letreros de Obra, con las dimensiones y leyendas que le indique la Municipalidad. Dichos carteles deberán ser emplazados en los lugares que indique la Inspección, con cinco (5) días corridos de anticipación al inicio de los trabajos y se conservarán durante todo el desarrollo de la obra.
El Contratista proveerá, a su cargo, la totalidad de los materiales necesarios para la ejecución total de la obra;- A excepción de las tapas de los nichos que serán provistas por la Municipalidad - no pudiendo ampliarse o suspenderse los plazos contractuales fijados, por falta de suministro de los materiales que deberá aportar el Contratista .
CUARTA: El Contratista deberá entregar la obra perfectamente limpia , libre de materiales de demolición y sobrantes de construcción; por lo cual procederá a la carga y transporte de los residuos mencionados, para su disposición final en los lugares que indique la Inspección.
QUINTA: El sistema de contratación es por monto global. Se abonará por avance de obra, 7 (siete) días de la fecha de factura, previa presentación de la correspondiente certificación por parte de la Secretaría de Obra y Servicios de este municipio.
SEXTA: El plazo de ejecución de la obra contratada se fija en ciento ochenta (180) días corridos contados a partir de la fecha correspondiente al Acta de Replanteo e Inicio de obra. El Período de Conservación de la obra contratada se fija en Ciento Ochenta (180) días corridos contados a partir de la fecha correspondiente al Acta de Recepción Provisoria de la obra.
SEPTIMA: A todos los efectos legales se establece el Monto Contractual en la suma de Pesos Once Millones Doscientos Mil Pesos ($ 11.200.000) , correspondiendo a mano de obra , materiales y demás recursos que se indican en este contrato- A excepción de las tapas que serán provistas por La Municipalidad . Dichos materiales serán de primera calidad. . En base a la evaluación de los trabajos ejecutados , la Inspección Procederá a extender el Certificado de Obra realizada aplicando el precio fijado en esta Cláusula . El certificado será suscripto por la Inspección y El contratista.
OCTAVA: Serán a exclusivo cargo de El Contratista las cargas sociales, seguros y toda otra erogación que resulte de la legislación laboral vigente y/o futura. El Contratista, será único responsable por daños causados por personas o cosas, cuando los que causaren el daño fueren cosas de su propiedad o que se hallaren a su cuidado y/o personas en relación de dependencia, terceros contratados o subcontratados, auxiliares o colaboradores bajo cualquier vinculación jurídica.
NOVENA: El Contratista en este acto de firma de contrato se compromete a presentar en concepto de garantía de ejecución de contrato que se menciona en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones- Cláusulas Legales en la forma que se indica en el mismo, antes de la firma del Acta de Inicio de Obra, por un monto de pesos Quinientos Sesenta Mil ($ 560.000) que corresponde al 5% (cinco por ciento) del monto total de la obra indicado en la cláusula séptima de este contrato. El documento será devuelto una vez producida la Recepción Provisoria de la obra a entera satisfacción de la Municipalidad y siempre que no existieran créditos a favor de ésta.
DECIMA: El contratista se obliga a presentar en tiempo y en la forma que se indica en el artículo 20º del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto Nº 1908/2022- Artículo3º en concepto de Fondo de Reparo por un monto de pesos Quinientos Sesenta Mil ($ 560.000) que corresponde al 5% (cinco por ciento) del monto total de la obra indicado en la cláusula séptima de este contrato El documento será devuelto una vez producida la Recepción Definitiva de la obra a entera satisfacción de la Municipalidad y siempre que no existieran créditos a favor de ésta.
DECIMO PRIMERA : Vencido el plazo contractual, con más sus ampliaciones si las hubiera o hallándose la obra para su entrega a satisfacción de La Municipalidad, se procederá a labrar el Acta de Recepción Provisoria.
DECIMO SEGUNDA : "LA MUNICIPALIDAD" encomienda la Inspección de Obra a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, designándose para tal fin al Ing. MARCELO EDUARDO GASPARRO, Matrícula Provincial nº 43152, con las facultades de la Ley, bajo la denominación de Inspector de Obra, será el responsable de la supervisión técnica de los trabajos y del correcto cumplimiento del Contrato. Será obligación del Contratista facilitar al Inspector su desempeño proveyéndolo de todos los elementos, herramientas, equipos y personal necesarios para el cumplimiento de sus tareas. El Inspector controlará la calidad de los materiales y la eficiencia de los procedimientos constructivos; conformará las Actas de: Replanteo e Inicio de Obra, Medición, Recepción Provisoria y Recepción Definitiva; extenderá las Certificaciones de Obra; impartirá las instrucciones que considere necesarias para el mejor desarrollo de los trabajos; determinará la demolición y reconstrucción de todo lo que a su juicio esté mal ejecutado; rechazará todo material que considere defectuoso o de mala calidad; dispondrá el retiro de la obra de cualquier miembro del personal a cargo del Contratista que resultare a su criterio incompetente, negligente o actúe de manera tal que perturbe o perjudique el normal desarrollo de la obra o las tareas de inspección y ordenará el aumento, modificación o cambio parcial o total de los equipos presentados por el Contratista, antes o durante los trabajos, si ello fuese necesario para satisfacer el perfecto cumplimiento de la obra dentro del plazo de ejecución programado. El Contratista manifiesta y es aceptado por la Municipalidad que en su propia persona será el “Representante en Obra” y deberá estar presente durante todas las horas de trabajo. Será obligación del Representante en Obra notificarse de las órdenes impartidas por la Inspección en ausencia del Contratista. La presencia del Representante en Obra no releva al Contratista de su responsabilidad por la ejecución de la obra.
DECIMO TERCERA: Son causales de rescisión de este Contrato, además de las mencionadas en su cláusula decimo novena , las establecidas en el Pliago de Bases y Condiciones aprobado en virtud del Artículo 3º del Decreto 1908/2022
DECIMO CUARTA: LA MUNICIPALIDAD podrá exigir a El Contratista. la reparación por daños y perjuicios por mayor monto que el total de los depósitos de garantía, pues queda entendido que estos no significan un límite de responsabilidad.
DECIMO QUINTA :El Inspector se dirigirá al Contratista por escrito, utilizando para ello un libro de Órdenes de Servicio, por triplicado y foliado. El Contratista podrá dirigirse a la Inspección solamente por escrito, utilizando para ello un libro de Notas de Pedido, de similares características al anterior. No se admitirán pedidos ni órdenes verbales y aquellos pedidos que no se ajusten al Contrato u órdenes que así no lo hicieran o que no contaran con el acto administrativo que las avalara, serán consideradas nulas. Las Órdenes de Servicio y Notas de Pedidos se llevarán de acuerdo al siguiente régimen: Las Órdenes de Servicio y Notas de Pedido se extenderán con tinta o similar en la hoja original, su redacción será precisa a fin de evitar cualquier tipo de duda en su interpretación o alcance y no deberán contener tachaduras, enmiendas o intercalaciones sin que sean debidamente salvadas.- Tratándose de una Orden de Servicio, El Inspector de Obra entregará al Contratista el duplicado de la misma en la fecha en que la formule, debiendo el Contratista acusar recibo en el original. En caso de tratarse de una Nota de Pedido, el Contratista la entregará al Inspector de Obra debiendo proceder de igual modo.- El Contratista procederá al cumplimiento de las Órdenes de Servicio dentro de los plazos que en cada caso se fijen. Las Notas de Pedido serán resueltas por la Inspección dentro de los diez (10) días posteriores a su entrega. El Inspector de Obra archivará en una carpeta especial llevada al efecto los duplicados de todas las Notas de Pedido. Los triplicados tanto de las Órdenes de Servicio como de las Notas de Pedido serán remitidos a la Municipalidad.
DECIMO SEXTA : Cualquier disidencia que ocurra entre el Inspector de Obra y el Contratista será resuelta, en primer término, por la Municipalidad; debiéndose continuar con todos los trabajos no afectados por la mencionada disidencia.
DECIMO SEPTIMA:Si el Inspector de Obra encontrara vicios de construcción en la obra ordenará la demolición de lo ejecutado deficientemente y su reconstrucción correrá a cargo exclusivo del Contratista, sin derecho a reclamo alguno por parte de éste. Si alguna parte de la obra hubiese sido construida en forma defectuosa o con materiales de mala calidad, pero a juicio de la Municipalidad es conveniente para el desarrollo de la obra su subsistencia, la Inspección calculará el valor real de esa parte de la construcción y la certificará según el valor de esa valuación y no al valor de este Contrato. El Contratista no tendrá derecho a reclamar la diferencia de precio entre el valor real y el de este Contrato, salvo que efectúe a su cargo las reparaciones y mejoras necesarias para colocar a esa parte de la obra en las condiciones especificadas.
DECIMO OCTAVA : En caso de incumplimiento de El Contratista de las obligaciones que le corresponde, fehacientemente comprobado La MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de rescindir el presente, sin necesidad de interpelación judicial alguna. Son válidas, las causales de rescisión fijadas en las Leyes y demás Disposiciones como así también la quiebra o el incumplimiento por su parte de las obligaciones y condiciones estipuladas en este Contrato.
DECIMO NOVENA:Transcurrido el Período de Conservación de la obra, se procederá a labrar el Acta de Recepción Definitiva de la misma. Una vez suscripta ésta y producido el acto administrativo correspondiente, quedan extinguidas las obligaciones contractuales entre las partes.
VIGESIMA: : Los trabajos ejecutados serán medidos en obra una vez terminados. El Contratista no tendrá derecho a reclamo alguno si se encuentran diferencias entre lo medido y lo computado en el presente Pliego, quedando entendido que cualquier posible diferencia por error en el cómputo oficial ha sido tenida en cuenta al formular su Propuesta .en la Licitación .
VIGESIMO PRIMERA : En base a la Medición, la Inspección procederá a extender el Certificado de Obra realizada aplicando los precios fijados en el Contrato. El Certificado será suscrito por la Inspección y el Contratista.
VIGESIMO SEGUNDA: La obra Objeto del presente Pliego será financiada por la Comuna, por lo cual los fondos necesarios para la contratación de la ejecución de la misma corresponden a la Municipalidad de San Andrés de Giles. Los correspondientes pagos al Contratista se realizarán contra presentación de Certificados de Obra ejecutada. Del monto de estos certificados se deducirán aquellos importes que correspondieran a anticipos (en el caso que se hubieran convenido), multas o cualquier otro tipo de crédito a favor de la Municipalidad y/o retenciones impositivas que pudieran corresponder.
VIGESIMO TERCERA: Para todos las cuestiones no contempladas en el presente contrato resultarán de aplicación supletoria las disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 12/2022 , el Decreto Ley 6.769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades), las Ordenanzas Generales Nº 267 y 165 y la Ley Nº 6.021 y su Decreto Reglamentario (Código de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires); instrumentos que se consideran parte integrante del presente, además de la Propuesta presentada por “EL CONTRATISTA”, la ordenanza Nº 2508/2022 y el Decreto Nº 2505/2022 adjudicación, los decretos que dispongan modificaciones, ampliaciones o reducciones de la obra o los plazos, si las hubiera y las Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección.-
VIGESIMO CUARTA : Para todos los efectos derivados del presente, las partes constituyen domicilios legales en los indicados al comienzo, donde serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practicaren, sometiéndose a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes , con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados supra.----------------------------------------------------------------