Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1857

Decreto Nº 1857

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/05/2023

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios DEFINITIVA correspondiente al Certificado Nº 4 de la obra  "CONSTRUCCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADENES EN CALLE LATTANZIO ENTRE AGUILAR Y CHURRINCHES, EN CALLE AGUILAR ENTRE LATTANZIO Y EL RESERO Y EN CALLE SAMPAY ENTRE SAN JUAN Y FLORIDA", ejecutada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L.  y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2  el Departamento Vialidad informa que se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados definitivamente del  Certificado N°  4, actualizado por dicho Departamento, según Decreto N° 2113/02, para la obra a cargo de la Empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., cuya Fecha de Licitación: 29/08/2021, Fecha de Contrato: 11/10/2022, Plazo de obra: 150 días, Acta de replanteo: 24/10//2022.

Que la solicitud de la adecuación fue realizada por la empresa dentro de los plazos previstos como establece el Artículo 92 inciso B del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Es decir, desde la publicación de los índices correspondientes al mes certificado, hasta la publicación de nuevos índices.-

Que el Departamento Técnico realizó la verificación de las planillas de los análisis de precios redeterminados del Certificado N° 4 (Definitiva) presentada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L del cual surgen  diferencias, debido a la utilización de diferentes valores de referencia en Costos Financieros y en Gastos Impositivos.

Que en el CERTIFICADO N° 4 se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios  de la última redeterminación (Diciembre 2022) y los correspondientes al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 4 (ENERO-2023), por lo cual correspondería actualizar el Certificado a los precios redeterminados al mes de ENERO-2023.-

Que el Departamento Vialidad sugiere que la Redeterminación Definitiva del Certificado N° 4 deberá aprobarse por el monto de $1.609.019,42 (Actualizado a Enero-2023). Se deberá descontar $321.803,88.- en concepto del monto pagado por Anticipo Financiero del 20%; resultando el Importe Total Final de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.287.215,54.-).-

Que a fojas 38 el informe de la abogada de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido, conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones de la obra.-

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente al Certificado N° 4, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Aprúebase la redeterminación de precios DEFINITIVA presentada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. por el Certificado Nº 4 de la obra "CONSTRUCCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADENES EN CALLE LATTANZIO ENTRE AGUILAR Y CHURRINCHES, EN CALLE AGUILAR ENTRE LATTANZIO Y EL RESERO Y EN CALLE SAMPAY ENTRE SAN JUAN Y FLORIDA", resultando la suma a abonar de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.287.215,54.-), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-3334-2023.-

ARTÍCULO 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

ARTÍCULO 3º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tomen nota los Departamentos Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese a través del mismo, copia del presente Decreto al expediente 417R-4276-2022. Cumplido ARCHÍVESE.-