Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1299

Resolución Nº 1299

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/05/2023

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por MARTINEZ HECTOR HUGO, DNI Nº 8.569.344, mediante la cual solicita se recalcule la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, correspondiente a la Partida Nº 19794 ; y,

CONSIDERANDO

Que, el Departamento de Contralor de Obras Particulares, a fojas 3 informa que no se otorga el porcentaje de obra, dado que en los registros se realizaron 3 porcentajes de obra al 0% desde el año 2019, por lo tanto se aplica el Art. 1.1.4.3 del código de edificación por obra paralizada;

Que el Departamento Catastro informa en foja 4 que se deberán reliquidar desde la cuota 01/2023 las tasas por servicios públicos y salud del inmueble que se identifica catastralmente como: Circ. I – Secc. D – Mz. 290 – Pla. 12 – Partida 19794, con los valores vigentes en SIGEMI;

Que atento el informe elevado por el Departamento Recaudación a fojas 6 corresponde liquidar la cuenta corriente a partir de la cuota 02/2023 (fecha de solucitud) A 12/2023 de la mencionada partida de acuerdo al Artículo 92 inc. D) de la Ordenanza Fiscal vigente;

Que atento lo normado en el Artículo 92 inciso “d” de la Ordenanza Fiscal vigente estable “Para los edificios en construcción y a los efectos liquidar esta tasa como edificado, el Catastro Municipal procederá de oficio a incorporar el veinte por ciento (20 %) de la construcción, tomando como base el monto que resulte de la planilla de valuación, agregada al respectivo expediente de construcción o realizado de oficio, más la valuación existente. Dicho porcentaje se reducirá al diez por ciento (10%) cuando se trate de construcción de viviendas unifamiliares. La incorporación total se hará de acuerdo al siguiente detalle:"... "d) En caso de desistimiento de obra, caducidad del permiso de construcción u obra paralizada se procederá, a pedido del interesado y a partir de éste, previa inspección por las oficinas técnicas, a incorporar la parte proporcional de la valuación del edificio correspondiente a lo efectivamente construido. Igual procedimiento podrá ser aplicado de oficio por la Municipalidad”, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021;

 

- RESUELVE -

ARTICULO 1º): Rectificase la cuenta corriente de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, del inmueble identificado con el número de Partida Nº 19794. Realizados los cálculos correspondientes, deberá abonar por mes a partir de la cuota 02/2023 a 12/2023 la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCO CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($4.205,22) en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS CON NUEVE CENTAVOS ($1.682,09) en concepto de Tasa de Salud.-

ARTICULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación y hecho: ARCHIVAR.-