Boletines/Suipacha

Decreto Nº160/2018

Decreto Nº 160/2018

Suipacha, 11/04/2018

Visto

La visita a nuestra ciudad que realizará el día 17 de Abril de 2018, el Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires;  y

Considerando

Que su presencia se debe a la visita que  realizará  en el Centro Experimental Lechera FIL-IIPAAS CIC FCA  ubicado en el Establecimiento “La Fermina” del Cuartel XI de nuestra ciudad, luego de firmado el Convenio entre  el Municipio , la Fundación Instituto de la Leche, la Universidad Nacional de Lomas de Zamora y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, a través del cual queda creado el Centro  de Investigación y Capacitación Lechera en Argentina;

Que en este Centro de Investigación se llevarán a cabo trabajos de investigación  acorde  a las nuevas demandas y necesidades del sector  lechero argentino, referente para la región, el país y el mundo;

Que será recibido por el titular del Departamento Ejecutivo, Autoridades Municipales, Autoridades Policiales, Concejales, Consejeras Escolares, Representantes de Entidades e Instituciones Intermedias y público en general que han sido especialmente invitados a este importante acontecimiento;

Que tan significativa presencia en nuestra ciudad constituye un motivo de orgullo, no solo para este Departamento Ejecutivo sino para la comunidad en general, por ello, el suscripto,

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones decreta

Artículo 1º: Declárase  de Interés Municipal  la  presencia  en  nuestra  ciudad el día 17 de Abril de 2018, del Ing. Jorge Elustondo, Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º:  Declárase  HUÉSPED  DE  HONOR  al Ing. Jorge Elustondo, Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires, durante el lapso que dure su permanencia en nuestro Partido.

Artículo 3º:  Hágase  llegar  copia  del  presente  al  Ing. Jorge Elustondo, Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4º: Autorízase  a  la  Contaduría  Municipal  a  realizar  los  gastos  que  surjan  con  motivo de la implementación  citada en el Artículo 1º.

Artículo 5º: El gasto que demande lo establecido  en  el  Artículo 1° se  imputará  a   la siguiente partida:

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 - Departamento Ejecutivo  

1110101000 – Conducción Superior

01- Coordinación y Desarrollo de Políticas Centrales

01- Coordinación y Desarrollo de Políticas Centrales

Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y Economía a cargo de la Secretaría de Gobierno y Control de Gestión.

Artículo 7º: Comuníquese, cúmplase, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.