Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1947/22

Decreto Nº 1947/22

San Andrés de Giles, 31/05/2022

Visto

La presentación formulada por las autoridades del Tiro Federal de San Andrés de Giles,  dando origen al expediente administrativo municipal Nº 4101- 13.916-0-2022; y

 

Considerando

Que la entidad solicita la posibilidad de recibir ayuda económica para gastos de funcionamiento de la Institución ,  

Que el Tiro Federal  San Andrés de Giles, es una entidad de reconocida  trayectoria en  nuestro medio, considerada como un verdadero referente de la actividad social  y deportiva, cuyo   accionar se encuentra orientado a fomentar la práctica de tiro al blanco con armas neumáticas , incentivando dicha disciplina deportiva , alentando la actividad de los jóvenes tiradores locales;

 Que ha intervenido la señora Contadora Municipal Interina respecto de  la disponibilidad de fondos para acceder a lo solicitado.

Por ello el Intendente Municipal Interino   en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: Otorgar  al Tiro Federal de San Andrés de Giles,  un  subsidio  por la suma de pesos setenta  mil  ($ 70.000) destinados a  solventar gastos de funcionamiento de la institución.

ARTICULO 2º:  Los gastos que demande el cumplimiento de lo expresado en el artículo precedente se imputarán en la siguiente Partida Presupuestaria:

Fuente de Financiamiento          110           Tesoro Municipal

Jurisdicción                   1110100000         Departamento Ejecutivo 

Subjurisdicción             1110115000          Secretaría  de Gobierno

Categoría  Programática                   01 Conducción y Planeamiento de Política de Gobierno, Cultura, Producción, Seguridad, Turismo y Patrimonio 

Inciso                                5                         Transferencias          

P.Principal                        1             Transferencias al sector Privado para financiar gastos corrientes.

Partida Parcial                   7                       Transferencias a otras instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro.           

ARTICULO 3º:  La entidad peticionante deberá rendir cuenta a esta Municipalidad sobre el destino de los fondos acordados, según lo establece la legislación conexa vigente.

ARTICULO 4º:  Registrar, Publicar, Comunicar a quien corresponda y oportunamente archivar.