Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1944/22

Decreto Nº 1944/22

San Andrés de Giles, 27/05/2022

Visto

La nota presentada por el titular de la Empresa Les Aldudes , EmiliaSaldubehere S.A.  , que diera origen al expediente  nro. 4101-12257/21, ;y

 

Considerando

Que a través de la misma, solicita la prórroga del acogimiento a la ordenanza Nº 2074/18  a los efectos de obtener la reducción en el pago de las tasas municipales.

 Que, a través del decreto Nº 2112/11 de fecha 22/11/2011, ha sido declarado de interés para el Partido de San Andrés de Giles, el funcionamiento del establecimiento de explotación de turismo rural  , perteneciente a la firma solicitante.

Que mediante el mismo acto administrativo, se declara exenta a la firma del pago del 50% - a partir del 11.11.2011 y por el término de diez años consecutivos-  del pago de Tasas y Derechos Municipales.

Que, el titular de la Empresa, requiere la prórroga del beneficio, argumentado que han continuado con la actividad y ampliado las instalaciones .

El informe producido por el Sr. Director de Cultura, Turismo y Patromonio

Que en el mismo, realiza un detalle de la situación actual de la empresa , relacionado con las franquicias otorgadas por el régimen de promoción industrial.

 Que se ha expido también la Sra. Directora de Recaudación y el Sr.Asesor Letrado, en ambos casos en forma favorable.

 Que se considera conveniente otorgarle las franquicias y beneficios ,mencionados en la ordenanza aludida, por el término de 7 años.

                     

 

                      Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias

   D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1ro.; Prorrogar, por el término de siete (7) años consecutivos, a partir del día 12.11.2021 , el beneficio otorgado mediante decreto Nº 2112/11, al Establecimiento Les Aldudes, propiedad de Emilia Saldubehere   ,dedicada a la actividad de hostería rural   

 

ARTICULO 2do.;El Establecimiento mencionado en el artículo anterior, propietario del inmue­ble cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción II, Secc R, Parcela 82-a, del Partido de San Andrés de Giles­, esta­rá exento de abonar el 50% de las siguientes Tasas y Derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigentes en la Municipalidad  de San Andrés de Giles :

 

    • Tasa por inspección de seguridad e higiene.
    • Tasa por derechos de construcción.
    • Tasa por Servicios Rurales.

 

ARTICULO 3ro.; Regístrar. Notifícar al interesado y a las Oficinas de Recaudación y Comercio, a la Secretaría de la Producción, a la oficina de sistemas, a los peticionarios, registrar y archivar.-