Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1805/22
San Andrés de Giles, 16/05/2022
Visto
Lo solicitado por el servicio de Salud Mental del Hospital Municipal San Andrés, avalado por la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad referente a la posibilidad de abonar a la cuidadora de enfermos Natalia Karina Juarez, la suma de pesos Cinco MIl Doscientos ($5.200) por haber cuidado a la convecina Anabel Ballesteros
Considerando
Que la paciente Anabel Ballesteros permaneció internada en el Hospital Municipal San Andrés por haber sufrido un cuadro de descompensación psicótica en el mes de abril recientemente pasado ;
Que la paciente se vio impedida por distintos motivos de ser asistidas por sus familiares directos, motivo por el cual el equipo de salud mental del Nosocomio Municipal, requirió la posibilidad de contar con un acompañante terapéutico externo
Que la paciente Ballesteros no disponía de los medios necesarios para cubrir el gasto emergente de su cuidado con recursos propios;
Que su situación se detalla en el estudio social practicado por el Servicio Social de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad;
Que el Departamento Contable ha informado respecto de la disponibilidad de fondos en la Partida Presupuestaria correspondiente.
Que la Municipalidad, como organismo representativo del Estado , debe asegurar que la población tenga cubiertas sus necesidades vitales (vivienda, asistencia sanitaria, alimento ,educación, etc).
Por ello el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Otorgar a Natalia Karina Juarez un subsidio por la suma de pesos Cinco Mil Doscientos ($ 5.200) para cubrir el pago que le corresponde por haber asistido a la paciente Anabel Ballesteros quien permaneció internada en el Hospital Municipal San Andrés por haber sufrido un cuadro de descompensación psicótica en el mes de abril recientemente pasado, de acuerdo a lo solicitado por el servicios de salud Mental del Hospital Municipal San Andrés, avalado por la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social.
ARTICULO 2º: Los gastos que demande el otorgamiento de la ayuda económica requerida y mencionada en el artículo precedente, se imputarán a la siguiente cuenta Presupuestaria , del presupuesto de gastos en vigencia.
Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110106000 Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social
Programa 63 Promoción, Desarrollo y Asistencia Social
Actividad específica 01 Actividades de Promoción, Desarrollo y Asistencia Social
Inciso 5 Transferencias
Partida Principal 1 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
Partida Parcial 4 Ayudas Sociales a Personas.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.-