Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1761/22
San Andrés de Giles, 10/05/2022
Visto
El decreto Nº 0830 dictado por el Departamento Ejecutivo, con fecha 1º de febrero de 2022; y
Considerando
Que sus términos disponen una modificación a partir de esa fecha , del cronograma de pagos establecido en el Calendario Impositivo para el Ejercicio 2022,
Que el referido cronograma de pagos de las obligaciones fiscales para el presente ejercicio fue oportunamente aprobado a través del dictado del Decreto Nº 3150 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 7 de diciembre del año 2021, estableciéndose en dicho acto administrativo, las fechas de vencimiento para las distintas cuotas de las Tasas y Derechos Municipales, y
Que en el día de la fecha se produce el vencimiento para hacer efectivo sin intereses ni recargos , el pago de la cuota 2ª de la Tasa de Servicios Urbanos y la cuota 1ª del Impuesto Automotor Municipalizado;
Que habiendo analizado la situación emergente de la recaudación obtenida por dicha obligación y, con el objeto de favorecer las posibilidades de los señores contribuyentes, cuya capacidad de pago se ha visto afectada por los efectos de la pandemia del Covid 19 , se estima conveniente establecer una prórroga para la posibilidad de contar con el beneficio mencionado
Que es procedente el dictado del acto administrativo que disponga la modificación propuesta:
Por ello el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1ro: Prorrogar hasta el día 20 de mayo del año en curso, el plazo para abonar en termino la cuota 3ª de la Tasa Servicios Rurales, cuota 2ª de la Tasa de Servicios Sanitarios y la cuota 2ª de la Tasa de Seguridad e Higiene, correspondiente al ejercicio del año 2022.
ARTICULO 2do: Registrar , difundir, comunicar, publicar y oportunamente archivar