Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1753/22

Decreto Nº 1753/22

San Andrés de Giles, 09/05/2022

Visto

El expediente administrativo Municipal Nº  4101- 13541- 2022,  originado a raíz de lo solicitado por las autoridades de la Asociación  Cooperadora del Jardín de Infantes Nº 903 “ Delia Echeverría ” de San Andrés de Giles- referente a la posibilidad de recibir de la Municipalidad:  Un (1) Tobogán ; Un (1) Sube y baja y Una (1)Hamaca Doble destinados brindar optimas condiciones de recreación, fortaleciendo de ese modo el proceso de enseñanza y aprendizaje de los alumnos, que un número de 193 ,concurren al mencionado establecimiento educativo ; y

Considerando

Que la entidad peticionante  ejerce su labor fomentando el funcionamiento de la referida Institución Educativa;                          

Que fundamentan su pedido en la necesidad de dotar al  establecimiento de elementos que permitan realizar  las actividades propias del mismo , como así también brindar a los numerosos alumnos que allí concurren, los elementos necesarios para favorecer el aprendizaje escolar,

Que es intención del Departamento Ejecutivo acudir en apoyo de aquellas instituciones que ejercen su accionar en bien de la Comunidad, fomentando la optimización  de la educación .

            Por ello el Intendente Municipal Interino   uso de las facultades legales que le son propias :

                       

D   E   C   R   E   T   A

ARTICULO 1º: Otorgar a la  Asociación  Cooperadora del Jardín de Infantes Nº 903 “ Delia Echeverría partido de San Andrés de Giles  ; ayuda económica mediante la adquisición por parte del Municipio y su posterior transferencia a la Institución  de Un (1) Tobogán ; Un (1) Sube y baja y Una (1)Hamaca Doble destinados a fortalecer el proceso de enseñanza y aprendizaje de los alumnos que concurren al referido establecimiento escolar,   que en un número de 48 concurren al mencionado establecimiento educativo, brindándoles óptimas condiciones de recreación .

ARTICULO 2º: Encomendar a las áreas de Compras y Contaduría a efectuar todos los gastos y registraciones que resulten necesarios para cumplimentar lo establecido en el artículo precedente.

ARTICULO 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, serán imputados en la siguiente cuenta del Presupuesto de Gastos vigente :

Fuente de Financiamiento                   132             De origen provincial      

Jurisdicción                            1110100000            Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción                       1110117000           Secretaría de  Economía y finanzas

Categoría Programática                                  18         Contribución a la Educación.

Actividad                                            01        Brindar Contribuciones a la Educación.

Inciso                                                          5        Transferencias    

Partida Principal                                 2                 Transferencias al Sector Privado para financiar gastos de capital.

Partida Parcial                                  2                 Transferencias a  Instituciones de Enseñanza.      

ARTICULO  4º : Registrar, Publicar y Archivar.