Boletines/Campana

Decreto Nº218/23

Decreto Nº 218/23

Campana, 28/03/2023

Expediente Municipal Nº 4016-487-2023 Licitación Privada Nº 09/2023 “Cuadrilla de Mantenimiento: Servicio Limpieza y Desobstrucción de Canaletas y Pluviales”

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v), el Expediente Municipal Nº 4016-487-2023; y

Considerando

Que la Subsecretaría de Cultura y Educación, dependiente de la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, promueve el Llamado a Licitación, “Cuadrilla de Mantenimiento: Servicio Limpieza y Desobstrucción de Canaletas y Pluviales”.

Que a fs. 2/5 obra Nota de Solicitud, Anexo de los establecimientos educativos donde se prestará el servicio, Fundamentación y Planilla de Cómputo y Presupuesto Oficial.

Que a fs. 6/24 luce Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y Pliego de Bases y Condiciones Técnicas.

Que a fs. 26 y 31/32 lucen Solicitud de Pedido Nº 1137 y Solicitud de Gastos Nº 1-1232 respectivamente, por la suma de Pesos Seis Millones Quinientos Setenta Mil con 00/100 ($ 6.570.000,00.-).

Que a fs. 27 interviene la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura.

Que a fs. 29 la Dirección de Compras sugiere encuadrar la presente contratación del servicio “Cuadrilla de Mantenimiento – Limpieza y Desobstrucción de Canales y Pluviales” bajo la modalidad de Licitación Privada Nº 09/2023.

Que a fs. 30 la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria a la cual deberá afectarse la erogación en cuestión.

Que a fs. 33 la Contaduría Municipal informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que a fs. 34 la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras que formular al respecto.

Que a fs. 35 la Dirección de Compras sugiere como fecha de apertura el día veinte (20) de abril a las 11.00 horas.

Que a fs. 39 la Jefatura de Gabinete toma conocimiento.

Que el Presupuesto Oficial asciende a la suma de Pesos Seis Millones Quinientos Setenta Mil con 00/100 ($ 6.570.000,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nº 09/2023 “Cuadrilla de Mantenimiento: Servicio Limpieza y Desobstrucción de Canaletas y Pluviales” cuyo presupuesto Oficial asciende a la suma de Pesos Seis Millones Quinientos Setenta Mil con 00/100 ($ 6.570.000,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Bases y Condiciones Técnicas, y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4016-487/2023.-

ARTÍCULO 2º.- Recepciónanse las ofertas en la Dirección de Compras, dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda de esta comuna, sita en Avda. Int. Jorge Rubén Varela N° 760 de esta Ciudad, hasta una hora antes de las once (11.00) del día veinte (20) de abril de 2023, oportunidad en que tendrá lugar el acto de apertura. Si el día fijado fuese feriado o asueto administrativo, el mismo se trasladará al primer día hábil siguiente, a la misma hora y lugar.-

ARTÍCULO 3º.- Solicitase por intermedio de la dependencia enunciada en el párrafo anterior, como mínimo cotización a tres (03) comerciantes del ramo, inscriptos en el Registro de Proveedores de este Municipio. Si el número de inscriptos fuera menor que el mínimo legal, se invitará a otros no registrados como tal, quienes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9°, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Posteriormente agréguense las constancias que prueben el cumplimiento del envío de las invitaciones por la Dirección de Compras al Expediente Municipal Nº 4016-487/2023.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese y archívese.-