Boletines/Campana

Decreto Nº184/23

Decreto Nº 184/23

Campana, 07/03/2023

Expediente Municipal N° 4016-41342-2017 Retiro Voluntario Garcia Elias David.

Visto

La Ley Provincial N° 14.656, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y el Expediente Municipal N° 4016-41342-6-2017; y

Considerando

Que a fs. 1257 obra solicitud con fecha 24 de enero de 2023 mediante la cual el agente Elias David GARCIA, ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el artículo 98 de la Ley Provinciales Nº 14.656.

Que el nombrado agente, a través del Acta Acuerdo obrante a fs. 1258 celebrada el 10 de febrero de 2023 entre la misma y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde esa fecha.

Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado a acordar que la Municipalidad le otorgaría la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 461.191,50), a realizarse en DOS (2) pagos de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($230.595,75) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 28 de febrero y 28 de marzo todas las fechas del año 2023.

Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por ciento (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase con retroactividad al 10 de febrero de 2023, el Retiro Voluntario solicitado por el Sr. Elías David GARCIA (D.N.I. 35.274.970), legajo personal Nº 5741, quien revista en la Planta Permanente de Personal, como Servicio VI (Operario) - Clase VI – Agrupamiento Personal de Servicio, con 39 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Corralón Norte, Dirección General de Servicios Públicos, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 2°.- Concédese en virtud de lo previsto en la Cláusula 1º del Acta Acuerdo obrante a fs. 1258 celebrada el 10 de febrero de 2023 entre el Sr. Elías David GARCIA y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 461.191,50), a realizarse en DOS (2) pagos de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($230.595,75) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 28 de febrero y 28 de marzo todas del año 2023.-

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por ciento (9 %) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre el agente mencionado en el artículo 1º y este Municipio.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110125000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-

ARTÍCULO 5°. - Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese y archívese.-