Boletines/Moreno

Ordenanza Nº6987/23

Ordenanza Nº 6987/23

Moreno, 18/05/2023

VISTO los Exptes. H.C.D. N° 35.431/2023 y el Expte. D.E. N° 245400-I-2023 y la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Provincial N° 2980/00 y sus Disposiciones de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO se ha cerrado el ejercicio 2022, correspondiendo al Instituto Descentralizado de Desarrollo Económico Local emitir la Rendición de cuentas, tal como lo indica la L.O.M.

QUE al cierre del Ejercicio 2022 se han detectado partidas presupuestarias con excesos sin posibilidad de compensación.

QUE mediante la Ley N° 15.394 se aprobó el Presupuesto de la Provincia de Buenos Aires para el año 2023.

QUE en el Artículo N° 42 de la citada Ley, se establece que “Los Municipios que presenten excesos presupuestarios al cierre del Ejercicio 2022 y no puedan compensarlos con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldos disponibles que registre la cuenta “Resultados de Ejercicios”, podrán solicitar a sus respectivos Concejos Deliberantes la convalidación de tales extralimitaciones. Convalidadas que fueran esas circunstancias, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no impondrá las sanciones previstas en la normativa vigente”.

QUE estudiada la documentación respaldatoria resulta que no reviste errores desde el punto de vista técnico y formal.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Convalídese los excesos sin posibilidad de compensación, verificados al cierre de la Ejecución del Presupuesto de Gastos del Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local del Ejercicio Económico 2022, en las distintas partidas presupuestarias de la Fuente de Financiamiento 1.1.0 Tesoro Municipal, hasta la suma de $31.139.897,28 (Pesos Treinta y un millones, ciento treinta y nueve mil, ochocientos noventa y siete con 28/100 ctvos.).

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al I.M.D.E.L. para su conocimiento, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 18 de Mayo de 2023.

PROF. CASTRO ISAMAEL                 BELLOTTA, ARACELI
     Secretario                                               Presidenta
Comunicado al D.E el día 24/05/2023
Promulgada mediante el Decreto N° 1946/23 de fecha 24/05/2023