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Resolución Nº1111

Resolución Nº 1111

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/05/2023

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota obrante a fojas 1, presentada por Maximiliano Cóceres y Alejandro Lebed en carácter de Secretario y Presidente de ASOCIACIÓN TIRO FEDERAL, en la cual solicita exención en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, correspondiente a la Partida N° 92.294; y,

CONSIDERANDO:

Que, de fojas 19 a 21 obra acta de Asamblea General Ordinaria constando el carácter de Presidente de Alejandro Lebed y el carácter de Secretario de Maximiliano Cóceres;

Que, a fojas 24 obra certificado de vigencia de la entidad Tiro Federal de Bahía Blanca;

Que, a fojas 30 el Departamento Catastro informa que la Partida N° 92.294 se identifica catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzana 294 Parcela 3, posee como titular de dominio y responsable de pago a la Asociación Tiro Federal y no constan otros inmuebles a nombre del recurrente;

Asimismo informa que por Resolución N° 269/2022 del 13/10/2022 por expediente N° 0-7428/2022 el destino de la parcela es "Polígono de Tiro";

Que, el Artículo N° 97 inciso g) Apartado IV de la Ordenanza Fiscal 2022 establece: "Están exentos del pago de la presente tasa, inciso g) : Las siguientes entidades por los inmuebles que resulten de su propiedad, usufructo, comodato o locación y sean totalmente destinados a los fines sociales específicos. Apartado IV: Instituciones deportivas constituidas como asociaciones sin fines de lucro y sociedades de fomento."

Por todo lo expuesto, y en virtud de lo informado por el Departamento de Recaudación a fojas 33, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º): Eximir a la ASOCIACIÓN TIRO FEDERAL, del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, respecto a la Partida N° 92.294, a partir de la cuota 08/2022, en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 97 Inciso g) Apartado IV) y Nº 270 de la Ordenanza Fiscal 2022 y a los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º): Cumplir, notificar, dar al RO, tomar nota Departamento Recaudación; y hecho, archívese.-