Boletines/Coronel Suárez
Ordenanza Nº 7786/2022
Coronel Suárez, 28/07/2022
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Créase el Observatorio de la Primera Infancia, - - - - - - -Niñez y Adolescencia como órgano integrador de las políticas de protección y cuidado de la infancia que se lleven a cabo en el ámbito de la ciudad de Coronel Suárez, bajo la orientación de una comisión directiva integrada por un representante de cada bloque político con representación en el Honorable Concejo Deliberante, el Departamento Ejecutivo a través de la Secretarías y Direcciones pertinentes, Organizaciones no gubernamentales e instituciones que tengan como objeto la promoción, protección y garantía de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes.
ARTÍCULO 2°: El Observatorio de la Primera Infancia, Niñez - - - - - - -y Adolescencia funcionará dentro del ámbito de Desarrollo Social, en el área de Niñez y Adolescencia.
ARTÍCULO 3°: Créase el Registro Único de la niñez - - - - - - - - - - - dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social el cual comprenderá Jardines de Infantes, Jardines Maternales, Jardines Comunitarios, Comedores, Merenderos, ONG y todo otro tipo de organización relacionada con el cuidado integral de niños, niñas y adolescentes. Su finalidad será recibir informes y todo relevamiento situacional necesario u solicitado por cualquier organismo municipal y especialmente por el Observatorio de la Infancia, Niñez y Adolescencia, al cual serán invitados cada vez que el mismo se reúna.
ARTÍCULO 4°: La finalidad del Observatorio de la Primera - - - - - - - - Infancia, Niñez y Adolescencia será:
a) Actuar como órgano permanente de recogida y análisis de la información disponible en diferentes fuentes nacionales e internacionales sobre infancia y adolescencia.
b) Coordinar conjuntamente con las diferentes Secretarías y Direcciones del Departamento Ejecutivo, que lleven a cabo acciones para la protección y cuidado de la infancia/adolescencia.
c) Formular recomendaciones y propuestas tendientes a mejorar los indicadores y sistemas de información relacionados con la infancia/adolescencia.
d) Evaluar el impacto en la sociedad de las políticas y medidas que afecten a la infancia/adolescencia.
e) Constituir un foro de intercambio y comunicación entre los organismos públicos y la sociedad.
f) Establecer procedimientos integrados para la gestión de las acciones encaminadas a la prevención y tratamiento de la violencia contra niños, niñas y adolescentes.
g) Informar mediante los medios de prensa locales, los programas, líneas de ayuda, campañas y cuantos asuntos les sean planteados que guarden relación con la protección y cuidado de la infancia/adolescencia.
h) Proponer la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico de la situación de la infancia/adolescencia en Coronel Suárez.
ARTÍCULO 5°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a dotar al - - - - - -Observatorio de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia de los medios materiales y personales necesarios para facilitar el efectivo funcionamiento y la eficacia en la gestión, realizándolo con todos los medios existentes (reubicación).
ARTÍCULO 6°: El Observatorio de la Primera Infancia, Niñez - - - - - - -y Adolescencia podrá crear grupos especiales de trabajo, integrados por personal del Departamento Ejecutivo y del Honorable Concejo Deliberante que formen parte del Observatorio, para el desempeño de las funciones del estudio, debate y propuesta al mismo de cuantas cuestiones les sean planteadas por el Observatorio. A estos grupos de trabajo podrán incorporarse con voz, pero sin voto, personas expertas en razón de sus funciones, dedicación o conocimientos.
ARTÍCULO 7°: El Observatorio de la Primera Infancia, Niñez - - - - - - y Adolescencia invitará a participar de la comisión directiva del Artículo 1º, a: un representante dependiente de la Dirección de Salud, a un representante de Programas Municipales existentes en la temática, a representantes de la justicia local, y a toda institución o ente que trabaje en la materia.
ARTÍCULO 8°: La condición de miembro del Observatorio de la - - - - - - Primera Infancia, Niñez y Adolescencia no dará derecho a percibir retribución económica alguna.
ARTÍCULO 9°: Regístrese, comuníquese al Departamento - - - - - - - - - - Ejecutivo y a quienes corresponda, cúmplase y oportunamente archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-