Boletines/Tandil

Decreto Nº1922/2023

Decreto Nº 1922/2023

Tandil, 19/05/2023

Visto

El Decreto N° DECTO-2023-106-E-MUNITAN-INT

Considerando

Que los agentes municipales realizan tareas fuera del horario habitual, tales como notificaciones, intimaciones, armado y repartos de tributos municipales, como así también las diligencias que hacen a la función que presta la Secretaría Legal y Técnica.

Que dichas tareas se abonan en el marco de la Ley Nº 14656.

Que la realización de estas tareas por parte de los agentes bajo las condiciones mencionadas, se considera conveniente para el Municipio.

Que resulta razonable proceder a actualizar los valores establecidos en el decreto referido.

Que en el marco de las facultades legalmente atribuidas deviene necesario el dictado de este acto administrativo.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Establézcanse los siguientes valores por unidad para las tareas efectuadas por los agentes municipales fuera del horario habitual, que tendrán vigencia a partir de las tareas realizadas desde el 1° de mayo de 2023 en adelante:

• Notificaciones de la Agencia de Ingresos Municipales - $ 58,11

• Intimaciones de infracciones, citaciones, expedientes - $ 121,03

• Notificaciones fehacientes bajo firma en zona alejada - $ 201,73

• Notificaciones de actuaciones de la Secretaría Legal y Técnica - $ 201,73

• Reparto de Tributos Municipales - $ 29,87

• Reparto de Boletín Municipal - $ 29,87

• Armado de reparto foráneo de Tributos Municipales - $ 6,06

Artículo 2º: El detalle de lo actuado por cada agente deberá ser remitido a la Dirección de Recursos Humanos, estableciéndose como límite el día 15 de cada mes.

Artículo 3º: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partida específica de gastos en personal del Prepuesto de Gastos vigente.

Artículo 4º: Deróguese el Decreto N° DECTO-2023-106-E-MUNITAN-INT

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Subsecretario de Economía y Administración a cargo de la Secretaría de Economía y Administración.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, pase a la Agencia de Ingresos Públicos: Dirección de Rentas y Finanzas y Dirección de Ingresos Públicos, Secretaría Legal y Técnica, Secretaría de Gobierno, Contaduría General, Dirección de Recursos Humanos y oportunamente a "Guarda Temporal".

Firma Digital: Eduardo Raúl Moyano (Subsecretario)        -            Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                   Subsecretaría de Economía y Administración     -                        Intendencia